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ZANITTI, NANCY FABIANA (FALLECIDA VR. 2/11/2018) Y OTROS c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Los herederos de Nancy Fabiana Zanitti promovieron demanda por accidente de trabajo (muerte) contra Prevención ART S.A. La Cámara modificó la sentencia de grado: dispuso calcular los accesorios conforme al considerando II, impuso las costas a la accionada y reguló los honorarios de los letrados y peritos.

Accidente de trabajo Muerte Art Accesorios Uma Honorarios Costas Ley 27.802 Cpccn art. 279 Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

Herederos de Nancy Fabiana Zanitti (actora fallecida, reemplazada por sus herederos según autos).

¿A quién se demanda?

Prevención ART S.A.
- Objeto de la demanda: Accidente laboral
- reclamación por responsabilidad y prestaciones derivadas de la muerte de la trabajadora.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de grado y dispuso que los accesorios se calculen de la forma enunciada en el considerando II; impuso las costas del proceso a la accionada; reguló los honorarios de la representación letrada de la parte actora, demandada y de los peritos y ordenó regular el honorario del letrado que presentó escrito ante la Cámara en el 30% de lo que le corresponda por su intervención en la instancia previa.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia): "II.
- Ambas partes cuestionan los accesorios. Al respecto, los mismos deberán ajustarse a lo dispuesto en el art 55 de la ley 27.802, norma de orden público, de aplicación inmediata y de oficio, circunstancia que torna inoficioso expedirse sobre la aplicación del Decreto 669/19 y del art. 770, inc. b), del CC y CN." "III.
- A influjo de lo dispuesto en el artículo 279 del CPCCN corresponde revisar lo dispuesto respecto de las costas y los honorarios." "IV.
- Por lo expuesto sugiero modifique la sentencia de grado y se disponga que los accesorios se calculen de la forma enunciada en el considerando II; se impongan las costas del proceso a la accionada (art. 68 CPCCN); se regulen los honorarios de la representación letrada de la parte actora, demandada y los peritos Ernesto Ricardo Jordan y Analía Verónica Mougel en 56,74 UMA ($ 5.099.507,50), 50,80 UMA ($ 4.565.650,00) 22,87 UMA ($2.055.441,25) y 22,87 UMA ($2.055.441,25), respectivamente (art. 38 LO y arts. 21, ss y cc, ley 27423) y se regulen los honorarios del letrado firmante del escrito dirigido a esta Cámara, en el 30% de lo que le corresponda por su intervención en la instancia previa (art. 30, Ley 27423)."
- Votos: El Dr. Víctor Arturo Pesino expresó el voto que antecede y la Dra. María Dora González adhirió "por análogos fundamentos". No constan disidencias.

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