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VILLACORTA REQUENA, FERNANDO ARIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Recurso de apelación contra dictamen de Comisión Médica por incapacidad laboral derivada de caída durante tareas policiales. El Juzgado confirmó la decisión administrativa de la Comisión Médica Nº 10 por entender que la pericia médica judicial y los estudios por imágenes acreditan inexistencia de incapacidad indemnizable y ausencia de nexo causal psicológico.

Incapacidad laboral Comision medica Pericia medico-legal Artrosis/condropatia Edema oseo Nexo causal Desestimar agravios Costas Honorarios Ley 27.348


¿Quién es el actor?

Villacorta Requena, Fernando Ariel (DNI 40643935).

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (ART), empleador indicado: Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la decisión del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N° 010 que dictaminó "NO POSEE INCAPACIDAD" por el siniestro del 15/08/2024; se reclama reconocimiento de incapacidad (20% física y 10% por estrés postraumático) y la revocación de la decisión administrativa.

¿Qué se resolvió?

Se desestimaron los agravios del actor y se confirmó lo decidido en la instancia administrativa por la Comisión Médica Nº 10, con imposición de costas por su orden y regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Del análisis de la documentación obrante en el expediente, esta Comisión Médica concluye y dictamina que no presenta secuelas generadoras de Incapacidad Laboral, de acuerdo a lo normado por el Decreto 659/96 modificado por el Decreto 49/14... Dictamina En Mano: NO... Fija porcentaje de Incapacidad: SIN INCAPACIDAD." "El experto informó 'Examen físico: Las maniobras fueron realizadas en forma activa, pasiva y contra resistencia reiteradamente, con ayuda del goniómetro, aplicando diferentes técnicas de distracción y lectura del lenguaje corporal para descartar la supuesta simulación. Ambas rodillas. Marcha eubásica, adopta la posición monopodálica y en cuclillas sin dificultad, refiere por momentos un dolor inespecífico que no lo limita funcionalmente... Movilidad: Flexión: 150°. Extensión: 0°... Los hallazgos en el examen y resonancias del actor muestran que ambos estudios son bilaterales, simétricos y concordantes con un proceso degenerativo crónico... No se evidencian lesiones traumáticas agudas... INCAPACIDAD DEFINITIVA: Cero por ciento...'" "A criterio de la Suscripta, la ausencia de incapacidad física acreditada por el perito médico deriva de un informe fundado, científica y objetivamente y, además, está avalada por los estudios complementarios solicitados. Corresponde en consecuencia reconocerle plena eficacia probatoria, de acuerdo con las reglas de la sana crítica (arts. 386 y 477 del C.P.C.C.N.), atendiendo a los principios técnicos en que se funda, la idoneidad y especialidad del profesional actuante." "En suma, juzgo que corresponde desestimar los agravios vertidos y, por consiguiente, confirmar la decisión de la instancia administrativa, en todo cuanto resultó materia de recurso y agravios, circunstancia que a mi juicio torna abstracto el tratamiento de los restantes planteos articulados."
- Costas y honorarios: Se imponen las costas por su orden (art. 68 CPCCN). Se regulan emolumentos: $277.500 (patrocinio actor), $370.000 (representación de la demandada), $185.000 (perito), con intereses según Acta CNAT Nº 2658 y aditamentos del art. 768 inc. b) y c) CCyC.
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el decisorio.

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