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CENTURION, RODRIGO NAHUEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamo por indemnización por accidente de trabajo y honorarios; la Cámara modificó la sentencia apelada para actualizar la prestación dineraria de $13.034.706,13 según las pautas del considerando II y dejó sin efecto las regulaciones de honorarios, fijando nuevos emolumentos y costas de alzada a la demandada.

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¿Quién es el actor?

Centurión, Rodrigo Nahuel.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por indemnización por accidente de trabajo (aplicación de la ley 27.348) y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada estableciendo que la prestación dineraria de $13.034.706,13 (determinada a la fecha del infortunio, 13.12.2023) se ajustará desde esa fecha según la forma indicada en el considerando II; dejó sin efecto las regulaciones de honorarios de los abogados y fijó los emolumentos de primera instancia en las cantidades indicadas en el considerando III; impuso las costas de la alzada a la demandada y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes en el 30% de lo que les correspondiera por su actuación en la anterior instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Como es sabido, la facultad conferida a los jueces por el Código Civil y Comercial para fijar la tasa de interés está condicionada a que no existan intereses fijados por las partes o por leyes especiales. Es por eso que, en el acta 2764 CNAT se aclaró expresamente que “lo sugerido en este acuerdo es para aquellos créditos que no tengan un régimen legal en materia de intereses aplicable”. Similar aclaración efectuó esta Cámara en la reciente Acta nº 2783." "Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, y que el régimen previsto en la ley 27.348 no contempla la posibilidad de establecer un interés moratorio desde la fecha de la primera manifestación invalidante ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento ... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA ... acumulándose los intereses al capital en forma semestral ..." "En atención al monto de condena y el mérito e importancia de los trabajos realizados ... propicio regular los honorarios de primera instancia ... en las respectivas cantidades de $5.173.549,93 -69,55 UMAs
- y $7.016.234,67 -94,33 UMAs
- ..."
- Votos y disidencias: Los dos votos obrantes (Dr. Héctor C. Guisado y Dra. Silvia E. Pinto Varela) coincidieron en la solución adoptada por la Cámara; no surge disidencia en el acuerdo final.

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