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AGUIRRE, CESAR ARIEL c/ FERROVIAS S.A.C. Y OTROS s/DESPIDO

El actor demandó por indemnizaciones y demás rubros por despido y diferencias salariales contra Ferrovías S.A.C. y dos directivos. El Juzgado rechazó íntegramente la demanda, considerando que el despido fue justificado por la presentación de certificados médicos apócrifos que generaron pérdida de confianza; además rechazó pruebas sobre deficientes registraciones y acoso laboral.

Despido Perdida de confianza Certificados medicos apocrifos Acoso laboral Ley 24.013 Liquidacion final Costas Pericia caligrafica Defensa de pago Juzgado nacional (1ra instancia)


¿Quién es el actor?

César Ariel Aguirre.
- Demandados: Ferrovías S.A.C.; Héctor Salvador Cimo; Norberto José Cots.
- Objeto de la demanda: cobro de indemnizaciones por despido (despido incausado), rubros indemnizatorios y salariales adeudados; multas por deficiente registración (Ley 24.013); indemnización por acoso laboral; y demás prestaciones laborales y convencionales.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda en su totalidad; se consideró justificado el despido notificado el 6/9/2018 por pérdida de confianza fundada en la presentación de certificados médicos apócrifos, se rechazaron las multas por deficiente registración y la indemnización por daño moral por acoso laboral, y se impusieron las costas en el orden causado y por mitades en las comunes. Se regularon honorarios y se ordenó el reintegro del honorario básico al Fondo de Financiamiento (ley 24.635).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En efecto, observo que la parte demandada ofreció como prueba instrumental: 1) la 'Instrucción Sumario Administrativo Interno' del 27/8/2018, y el 'Sumario Administrativo Interno' del 5/9/2018... 4) certificado médico de fecha 26/6/2018 firmado por el Dr. Eduardo Blumenfeld Traumatólogo M.N. 90.721; ... 8) certificado médico de fecha 2/5/2018 firmado por el Dr. Alejandro Grillo Médico clínico M.N. 75.412; 9) declaración jurada del apoderado de Ferrovías S.A.C. sobre la autenticidad de los certificados; 10) 'certificación notarial de las firmas e impresiones digitales' ... Dicha documentación deberá tenerse por reconocida por la parte actora..." (Considerando I). "el Ministerio de Salud indicó que las matriculas individualizadas no corresponden a los médicos firmantes, informando: 'El profesional ALEJANDRO RUBEN GRILLO... Registra especialidad en Oftalmología... Con el nombre y apellido ALBERTO ORTEMAN, no se encuentran registrados profesionales. El profesional EDUARDO LUIS BLUMENFELD... Registra especialidad en medicina legal...'" (Considerando I). "Por otro lado, de la prueba pericial caligráfica surge que, '… las confrontaciones y análisis practicado en las grafías obrantes en todas las ordenes medicas queda verificado que todas corresponden a un único origen representativo', para luego concluir que: 'Dada las características analizadas y entendiendo que no resulta suficiente las concomitancias encontradas y su persistencia en las grafías obrantes en las ordenes medicas no es posible afirmar con los elementos tenidos a la vista la participación grafica del actor en dichos documentos cuestionados'" (Considerando I). "En consecuencia, al analizar los elementos probatorios reseñados de manera conjunta y a la luz de las reglas de la sana crítica... juzgo acreditado el incumplimiento objetivo desencadenante de la pérdida de confianza en que se fundó la decisión extintiva... queda tácitamente comprobado que los mismos resultaron apócrifos, y por ende la causa invocada por la demandada para poner fin al contrato de trabajo, notificado el 6 de septiembre de 2018, resulta justificada." (Considerando I). "Por estas consideraciones... los testimonios ofrecidos por la parte actora lucen desprovistos de valor probatorio... y por ende, corresponde rechazar las multas reclamadas con fundamento en la ley 24.013, así como también la indemnización por daño moral por el acoso laboral." (Considerando III). "Tampoco resultan procedentes los rubros días trabajados en el mes de distracto, vacaciones proporcionales (con inclusión de s.a.c.) y S.A.C. proporcional reclamados... la codemandada opuso 'defensa de pago', acompañando los recibos correspondientes..." (Considerando IV). "VI.
- En orden a como viniere exponiendo, corresponde rechazar íntegramente la demanda (conf. art. 726 Código Civil y Comercial de la Nación)..." (Considerando VI).
- Votos en disidencia: No existe voto en disidencia en la sentencia analizada.

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