OLIVA, PATRICIA VERONICA c/ COMPAÑIA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Aclaratoria aceptada para corregir identidades de las partes en fallo por despido. Se sustituyen las menciones a SERVISAN ARGENTINA S.R.L. y al actor Muglia por COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. y la actora Oliva, y se corrigen los codemandados contra quienes se rechazó la demanda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: OLIVA, PATRICIA VERONICA (actora).
Demandado: COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. y otros (codemandados).
Objeto: Acción por despido (Autos: “OLIVA, PATRICIA VERONICA c/ COMPAÑIA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. Y OTROS s/DESPIDO”).
Decisión: Se hizo lugar a la aclaratoria de la sentencia definitiva Nº 9092 de 23/04/2026 y se corrigieron errores materiales en el fallo: en el punto I se reemplaza la condena contra SERVISAN ARGENTINA S.R.L. y el actor MUGLIA, ADRIAN PABLO por una condena a COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. a favor de la actora OLIVA, PATRICIA VERONICA; en el punto II se dispone que las costas queden a cargo de la demandada vencida COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A.; y en el punto III se corrigen los codemandados respecto de quienes se rechazó la demanda, quedando JAIME SZMUC y JULIO CESAR ROMERO BONOMI. Se registró, notificó y se dio intervención al/la Representante del Ministerio Público.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del pronunciamiento):
"VISTO: El pedido de aclaratoria interpuesto por la parte Actora, de conformidad con la constancia notificatoria el mismo se encuentra interpuesto en legal tiempo y forma.
Y CONSIDERANDO: Que es correcto lo manifestado en relación a a los nombres de las partes en el FALLO de autos.
En atención a ello y siendo la aclaratoria el medio concedido para subsanar las deficiencias de orden material o conceptual que la afecten (art. 104 Ley 18.345 y cc, procédase a su corrección. Y, Por ello RESUELVO: hacer lugar a la aclaratoria requerida y, en el fallo, punto I) donde dice: “condenar a SERVISAN ARGENTINA S.R.L. a pagar, dentro del quinto día y en oportunidad del art. 132 L.O., al actor MUGLIA, ADRIAN PABLO” deberá leerse: “condenar a COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. a pagar, dentro del quinto día y en oportunidad del art. 132 L.O., a la actora OLIVA, PATRICIA VERONICA” ; , en el punto II donde dice: “Declarando las costas del proceso a cargo de la demandada vencida SERVISAN ARGENTINA S.R.L. por el progreso de la acción” deberá leerse: “ Declarando las costas del proceso a cargo de la demandada vencida COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. por el progreso de la acción”
Asimismo, en el punto III del fallo, donde dice: “III) Rechazar la demanda contra los codemandados MYRIAM O'RYAN MORENO, RAUL FERNANDO FRANCO y RICARDO CARLOS BENGOLEA TREJO LERDO” deberá leerse: “III) Rechazar la demanda contra los codemandados JAIME SZMUC y JULIO CESAR ROMERO BONOMI”
Regístrese, notifíquese y dese intervención a la Sra. Representante del Ministerio Público."
(No hubo votos en disidencia en esta aclaratoria; la resolución es dictada por la Jueza de primera instancia.)
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