ATHIS JIMENEZ, LEONIDA c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora demandó a Swiss Medical ART SA por indemnización derivada de un accidente de trabajo por $579.491,85 más accesorios. La Cámara confirmó la sentencia apelada, mantuvo la condena a la aseguradora y reguló costas y honorarios, entendiendo adecuada la actualización por RIPTE y la aplicación del régimen previsto para intereses según la ley 27.348 y el decreto 669/2019.
¿Quién es el actor?
Leonida Athis Jiménez.
¿A quién se demanda?
Swiss Medical ART SA (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
- Objeto de la demanda: Reclamo por indemnización por accidente de trabajo y accesorios; la sentencia de primera instancia modificó lo resuelto por la Comisión Médica n°10 y condenó a la ART a pagar $579.491,85 más intereses desde el accidente (15/05/2023).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios; impuso las costas de la alzada en el orden causado y reguló los honorarios del profesional interviniente en el 30% de los que le corresponda por su actuación en la anterior instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) “Como es sabido, la facultad conferida a los jueces por el Código Civil y Comercial para fijar la tasa de interés está condicionada a que no existan intereses fijados por las partes o por leyes especiales. Es por eso que, en el acta 2764 CNAT se aclaró expresamente que ‘lo sugerido en este acuerdo es para aquellos créditos que no tengan un régimen legal en materia de intereses aplicable’. Similar aclaración efectuó esta Cámara en la reciente Acta nº 2783.”
2) “En efecto, el art. 11 de la citada ley 27.348 modificó al art. 12 de la ley 24.557, en el sentido de que: … 2°. Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina.” (texto reproducido en el voto).
3) “Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento ... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA ... acumulándose los intereses al capital en forma semestral ... c) el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039.”
- Votos y disidencias: Los dos votos que integran el expediente (Dr. Héctor C. Guisado y Dra. Silvia E. Pinto Varela) adhieren a confirmar la sentencia apelada; no se registra disidencia en la parte resolutiva.
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