AZIZ GABRIELA ESTER c/ SHORT-TIME S.R.L. Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
La actora demandó por accidente de trabajo y despido indirecto contra Short-Time S.R.L. y otros. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó los reclamos por accidente y despido indirecto salvo un pago parcial de $2.227,66, impuso costas a la actora y reguló honorarios por el 30% de lo que correspondiera en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
Aziz Gabriela Ester.
¿A quién se demanda?
Short-Time S.R.L. y otros.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo y por despido (despido indirecto), y rubros derivados de liquidación final.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia en lo apelado; se impusieron las costas de la Alzada a cargo de la parte actora; se reguló por los trabajos ante la Cámara el 30% de lo que, en definitiva, correspondiera percibir a cada representación letrada por los trabajos desarrollados en la instancia anterior; y se ordenaron las comunicaciones conforme Ley 26.685 y acordadas de la CSJN.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"El primer cuestionamiento expuesto por la parte actora sobre el rechazo del reclamo por las indemnizaciones derivadas del despido indirecto en el que se ubicó la reclamante, en mi opinión, no ha de obtener favorable recepción. Ello es así pues lo sostenido por la peticionante sobre dicho asunto se observa ineficaz a los fines pretendidos por cuanto no logra conmover la solución desestimatoria adoptada en la anterior instancia por parte de la Sra. magistrada de origen en cuanto decidió en su sentencia que en este caso concreto no se acreditaron los incumplimientos que la reclamante le imputó a la codemandada Short Time S.R.L. al considerarse despedida en forma indirecta..."
"Digo ello por cuanto lo referido por la parte actora en este asunto no logra conmover de manera objetiva la fundada conclusión desestimatoria adoptada en origen sobre la base de lo dictaminado en la pericia médica de esta causa en el sentido que '… teniendo en cuenta los antecedentes de la causa, los estudios complementarios y el examen físico de la actora consigna que la actora no presenta en la actualidad incapacidad física alguna en relación al accidente relatado, ya que no se han encontrado, limitaciones funcionales de su columna lumbar. ni alteraciones en los estudios complementarios'."
"En consecuencia, sugiero imponer las costas originadas ante esta Sede a cargo de la parte actora vencida (art. 68 del CPCCN). Por los trabajos profesionales desarrollados ante esta Sede, sugiero regular a la representación letrada de cada una de las partes, el 30% de lo que, en definitiva, les corresponda percibir a cada representación letrada, por las labores efectuadas en la instancia anterior (conf. art. 30, ley 27.423)."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; los votos consignados adhieren al acuerdo que confirma la sentencia de primera instancia.
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