Logo

LENCINAS, DIEGO FABIAN c/ ACCURO S.A. s/DESPIDO

El actor demandó por despido contra Accuro S.A.; la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda por despido intempestivo e injustificado y mantuvo la regulación de honorarios y la imposición de costas de alzada a la demandada.

Despido Abandono de trabajo Plazo de intimacion 48 hs. Costas de alzada Honorarios Ley 21.839 Ley 26.856 Acordada csjn 15/2013 Confirmacion de sentencia Camara de apelaciones


¿Quién es el actor?

Lencinas, Diego Fabián.

¿A quién se demanda?

Accuro S.A.
- Objeto de la demanda: Despido (ruptura del vínculo laboral del 23/02/2015); se reclamó la nulidad/improcedencia de la rescisión por abandono de trabajo y las consecuencias indemnizatorias correspondientes; se impugnan además regulaciones de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en lo apelado y agravado; impuso las costas de alzada a la demandada vencida; reguló los honorarios de la representación letrada de la demandada por su actuación en la alzada en el 30% de lo que les corresponda percibir por sus trabajos en la instancia anterior; ordenó cumplir con lo dispuesto en el art. 1° de la ley 26.856 y la Acordada CSJN Nº15/2013.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "La accionada se queja, puesto que se consideró que la decisión rupturista exteriorizada el 20/02/2015 devino apresurada e injustificada, y que se consideró que no logró probar que estuviera asistida de derecho para poner fin al vínculo laboral." "la comunicación rescisoria, fue emitida el 20/02/2015 (ver CD 467735821 e informe de fs. 134), cuando aún no había expirado el plazo que la propia empresa le había indicado en la pieza postal del 20/08/2015 (48hs.), lo que demuestra que como se resolvió el despido dispuesto resultó intempestivo e injustificado, lo que lleva a confirmar la sentencia en lo que ha sido motivo de apelación y agravios." "En cuanto a las apelaciones de honorarios, ... estimo que los honorarios regulados resultan adecuados por lo que propongo su confirmación." "Propongo regular los honorarios de la representación y patrocinio de la demandada por sus trabajos ante esta instancia, en el 30%, de lo que le corresponda percibir por su actuación en la instancia anterior (art. 14 de la Ley 21.839)."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; ambos vocales (Dra. Diana R. Cañal y Dr. Alejandro H. Perugini) adhieren y el acuerdo consigna la confirmación.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar