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MONTENEGRO, ROSA ISABEL c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora apeló la confirmación administrativa que rechazó su reclamo por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Cámara confirmó la sentencia apelada y rechazó los agravios por entender que la presentación no impugnó razonadamente la decisión administrativa ni acompañó pruebas que acrediten secuelas incapacitantes.

Apela-cion Accidente de trabajo Incapacidad Comision medica jurisdiccional Ley 27.348 Debido proceso Tutela judicial efectiva Prueba pericial Honorarios de alzada Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

Montenegro, Rosa Isabel.

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A. (y decisión administrativa de la Comisión Médica Jurisdiccional).
- Objeto de la demanda: Impugnación de decisión administrativa que declaró desierto el reclamo según ley 27.348 y negó la existencia de secuelas incapacitantes derivadas del accidente de trabajo del 03/06/2024; se solicitó reconocimiento de incapacidad y producción de prueba pericial.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de agravios; se regularon honorarios de alzada conforme a los considerandos del primer voto; cúmplase con ley 26.856 y Acordada CSJN 15/13 y devuélvase.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "No obstante, más allá de estos planteos, lo expuesto no invalida los fundamentos brindados en origen sobre la inexistencia de secuelas indemnizables, pues la accionante no refiere en concreto secuelas que la incapaciten ni alude al tipo de limitación que la afecta, alude dolor en las zonas afectadas sin especificar el basamento de su conclusión." "En rigor de verdad, no obstante los argumentos recursivos, lo sustancial del planteo es que en momento alguno rebate las conclusiones derivadas de los estudios por imágenes realizados a la trabajadora y específicamente, no acompaña documentos que así lo indiquen. Ello -en conjunto
- sella la suerte del recurso en sentido adverso a la apelante, en tanto no encuentro en todo el planteo esgrimido, argumentos concretos que cuestionen los fundamentos expuestos por el sentenciante de la anterior instancia, conforme los términos del art. 116 LO. Por lo expuesto, sugiero confirmar lo decidido en grado."
- Disidencia (identificada como tal): El Dr. Enrique Catani disintió y sostuvo que "la parte actora efectúa una crítica concreta y razonada del aspecto de la decisión administrativa" y que "no debió definirse el pleito sin antes producirse la prueba pericial ofrecida, apta para ilustrar a la jurisdicción". Añadió fundamentos constitucionales sobre tutela judicial efectiva y debido proceso y concluyó: "Por ende, de prosperar mi voto resuelvo revocar la decisión apelada y disponer la remisión de los autos al juzgado que sigue en orden de turno, a fin de que se provea la prueba ofrecida por las partes y se dicte oportunamente sentencia." (esta propuesta quedó en disidencia y no integró la decisión de la Cámara).

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