MAS, NICOLAS MARTIN c/ MOTTA, FRANCO s/DESPIDO
Demanda por despido y diferencias salariales contra Franco Motta; la Cámara modificó parcialmente la sentencia y redujo la condena a $154.507,17, disponiendo que el capital devengue intereses conforme a la tasa pasiva del BCRA prevista en el art. 55 de la ley 27.802. Confirmó el régimen de costas, reguló honorarios y las impuso a las codemandadas.
¿Quién es el actor?
Más, Nicolás Martín.
¿A quién se demanda?
Motta, Franco (y codemandadas según autos).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y condenas laborales (indemnizaciones por despido, diferencias salariales y rubros varios; peticiones accesorias por art. 80 LCT y art. 1 ley 25.323).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia reduciendo el monto de condena a $154.507,17 y ordenó que el capital de condena devengue intereses conforme a la tasa pasiva determinada por el BCRA en los términos del art. 55 de la ley 27.802; confirmó el régimen de costas decidido en grado; reguló honorarios de las partes y de los letrados en los montos y porcentajes indicados; impuso las costas de alzada a las codemandadas; y dispuso cumplimiento de las normas de oficio y acordadas mencionadas.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "Por lo expuesto, propicio confirmar la procedencia de las indemnizaciones de los arts. 232, 233 y 245 de la L.C.T., y los rubros salariales diferidos a condena." (voto Dr. Perugini)
2) "En virtud de lo resuelto precedentemente, corresponde reducir el monto de condena a la suma de $154.507,17. En lo relativo a los intereses, cabe destacar ... propongo modificar lo decidido y disponer la aplicación de intereses conforme a la tasa pasiva determinada por el BCRA en los términos del art. 55 de la Ley de Modernización Laboral..." (voto Dr. Perugini)
3) "En conclusión, considero que corresponde aplicar, como actualización monetaria, el índice IPC más un interés del 3% anual, con una única capitalización, conforme art. 770 inc. b del CCCN, a fin de mantener incólume el crédito de la parte trabajadora." (voto en disidencia de la Dra. Diana Cañal) — aclaración: este párrafo forma parte de la disidencia y no integra la decisión de la mayoría.
- Disidencia: La Dra. Diana R. Cañal expresó estar en minoría en puntos relevantes. Sostuvo que corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802 y aplicar actualización por IPC más 3% anual (con capitalización conforme art. 770 inc. b), además de proponer intereses superiores (6% o incluso 12% en diversos supuestos). Asimismo, explicó que hubiera hecho lugar a las multas del art. 1 Ley 25.323 y del art. 80 LCT, pero no acompañó su criterio para arribar a acuerdo con la mayoría.
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