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OLARTE, MARCOS JULIAN c/ MURATA S.A. s/DESPIDO

Reclamación por despido e indemnizaciones laborales. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado, determinó el monto nominal de condena en $76.966,09 con más intereses, dejó sin efecto lo resuelto sobre honorarios y costas para regularlos en esta alzada y confirmó todo lo demás agravado en la apelación.

Despido Indemnizacion Art. 80 lct Interes judicial Honorarios Costas Liquidacion final Perito contadora Camara nacional de apelaciones del trabajo Monto $76.966 09


¿Quién es el actor?

OLARTE, MARCOS JULIAN.

¿A quién se demanda?

MURATA SA.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido, liquidación final e indemnizaciones laborales (incluye discusión sobre presentismo, horas extras, indemnización agravada art. 80 LCT y honorarios/pericia contadora).

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado y determinó el monto nominal de condena en $76.966,09, con más los intereses dispuestos en origen; dejó sin efecto lo resuelto en la instancia anterior sobre honorarios y costas y las regulará originariamente ante esta alzada; confirmó todo lo demás que había sido objeto de agravios y apelación; impuso las costas de alzada en el orden causado; y reguló los honorarios por lo actuado en este tribunal en el 30% de lo que corresponda por lo actuado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia): "Consecuentemente, de prosperar mi voto, corresponderá modificar la sentencia dictada en la anterior instancia, desestimando la indemnización prevista en el art. 80 de la LCT, y en consecuencia determinando el nuevo monto nominal de condena en la suma de $76.966,09 ($220.753,09
- $143.787)." "En consecuencia, dadas las particularidades del caso y naturaleza del litigio, sugiero imponer las costas en el orden causado (arts. 68, segundo párrafo, y 71 del CPCCN), confirmando así lo decidido en la instancia de grado." "Motivo por el cual, el tratamiento de los agravios formulados por la parte demandada y perito contadora en relación a los honorarios se torna abstracto, en función de la decisión por la cual se alcanza un nuevo monto de condena que conduce a fijar una nueva regulación."
- Votos: El Dr. Mario S. Fera expuso los fundamentos y propuso la solución; el Dr. Alejandro H. Perugini adhirió. No consta disidencia.

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