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VAZQUEZ, PATRICIA GISELA c/ LANNOT S.A. s/DESPIDO

Demanda laboral por despido indirecto y diferencias salariales. La Cámara modificó la sentencia de grado reduciendo la condena a $424.927,62 más las diferencias salariales a determinar por perito, impuso costas a la demandada y diferió la regulación de honorarios, disponiendo intereses conforme al voto del Dr. Perugini.

Despido indirecto Diferencias salariales Actualizacion monetaria Intereses Ley 27.802 Perito contador Costas Honorarios Camara nacional de apelaciones del trabajo Cuantificacion indemnizatoria


¿Quién es el actor?

Vázquez, Patricia Gisela.

¿A quién se demanda?

Lannot S.A.
- Objeto de la demanda: Acciones por despido (despido indirecto) y cuantificación de indemnizaciones y diferencias salariales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de grado y redujo el monto de la condena a la suma de $424.927,62 más las diferencias salariales que se determinarán por perito contador; las sumas devengarán intereses desde que cada suma es debida conforme lo resuelto en el voto del Dr. Perugini. Se impusieron las costas a la demandada y las de alzada en el orden causado. Se diferirá la regulación de honorarios hasta tanto se determine el monto de condena y se regularán los honorarios de alzada en el 30% de lo que cada representación perciba por la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "Por consiguiente, de conformidad con lo dicho y un salario de $ 23.081,35, corresponderá percibir a la actora: a) $ 207.732,15 por indemnizacion por antigüedad; b) $ 46.162,70 por preaviso; c) $ 3.846,89 por Sac sobre preaviso; d) $ 9.232,54 por integracion mes del despido; e) $ 769,37 por Sac sobre integración; f) $ 13.848,81 por salario de abril 2018; g) $ 5.539,52 por vacacaciones 2018; h) $ 461,62 por sac sobre vacaciones; i) $ 3.462,20 por Sac proporcional 2018; j) $ 133.871,82 por art. 2do de la ley 25.323, lo cual hace un total de $ 424.927,62, al cual deberán ser sumadas las diferencias salariales cuya cálculo ha sido encomendado al perito contador." 2) "En lo relativo a los intereses, cabe destacar que si bien este tribunal ha invariablemente señalado la necesidad de no soslayar el notorio proceso inflacionario... propongo modificar lo decidido y disponer la aplicación de intereses conforme a la tasa pasiva determinada por el BCRA en los términos del art. 55 de la Ley de Modernización Laboral, sin perjuicio de la eventual aplicación de los límites y pisos anteriormente, operaciones que deberán ser efectuadas en la oportunidad prevista en el art. 132 de la L.O." 3) (Disidencia parcial de la Dra. Cañal sobre intereses) "Adhiero con la solución propuesta en el voto que antecede, aunque disiento, respecto de la aplicación de los intereses previstos en el artículo 55 de la ley 27802... En lo que respecta a la cuantificación del crédito, conforme los argumentos que a continuación desarrollaré, la suscripta considera que corresponde aplicar actualización monetaria con más una única capitalización, conforme art. 770 inc. b del CPCCN, y un interés puro."
- Disidencia: La Dra. Diana R. Cañal adhiere a la solución mayoritaria pero disiente respecto de la aplicación de los intereses previstos en el art. 55 de la ley 27.802, proponiendo en cambio actualización por IPC con una única capitalización más interés puro (según su voto).

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