Logo

TABOADA, CARLOS RODOLFO Y OTROS c/ OMINT ART S.A. (HOY SERENA ART S.A.U.) Y OTROS s/RECURSO LEY 27348

Recurso de apelación por indemnización por enfermedades laborales y liquidación de honorarios. La Cámara modificó la sentencia para que el capital de condena devengue intereses conforme al considerando V (ajuste por RIPTE desde la primera manifestación invalidante y mora con tasa activa BNA) y reguló costas y honorarios según considerandos VI y VII.

Lrt Intereses Ripte Decreto 669/2019 Primera manifestacion invalidante Honorarios Costas Apelacion Incapacidad Art


¿Quién es el actor?

Taboada Carlos Rodolfo y otros (actor/es apelante).

¿A quién se demanda?

OMINT ART S.A. (hoy SERENA ART SAU) y otros (aseguradora de riesgos del trabajo).
- Objeto de la demanda: Reclamo por indemnización derivada de enfermedades laborales (determinación de incapacidad del actor, liquidación de condena, intereses y regulación de honorarios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia recurrida para disponer que el capital de condena devengue intereses conforme lo indicado en el considerando V de la sentencia y ordenó costas de alzada y regulación de honorarios de ambas instancias según los considerandos VI y VII.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes): "El art. 12 de la ley 27.348 (tanto en su redacción original como en la modificada por el decreto 669/19) no deja lugar a dudas, en tanto expresamente dispone que los intereses empezarán a correr 'Desde la fecha de la primera manifestación invalidante'." "En efecto, el art. 11 de la citada ley 27.348 modificó al art. 12 de la ley 24.557, en el sentido de que: '...2°. Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina.'" "Propicio entonces modificar el pronunciamiento en la medida indicada." "En consecuencia, de compartirse mi voto, corresponderá: 1) Modificar la sentencia recurrida estableciendo que el capital de condena devengue intereses conforme lo indicado en el considerando V de la presente. 2) Costas de alzada y honorarios de ambas instancias según considerandos VI y VII."
- Regulación de honorarios y costas (transcripción): "En atención al monto de condena y el mérito e importancia de los trabajos realizados ... propicio regular los honorarios de primera instancia de la representación letrada del actor, de la demandada y los de la perito médica en las respectivas cantidades de $8.127.430,98 -87,88 UMAs-, $8.051.960,12 -87,06 UMAs
- y $924.820 -10 UMAs
- ... Dada la forma en que quedó resuelta la cuestión, propicio que las costas de alzada sean soportadas por la demandada vencida (art. 68 del CPCCN); y ... regular los estipendios de las representaciones letradas intervinientes por sus labores en esta etapa recursiva, en el 30% de lo que les corresponda percibir por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior."
- Votos: El voto que abre la causa (Dr. Héctor C. Guisado) expone el análisis y propone la modificación; el Dr. Manuel P. Díez Selva adhiere. No consta disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar