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CALLIRGOS MASCO, RUBEN EDGARD c/ ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA S.R.L. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido indirecto reclamando indemnizaciones e intereses. El Juzgado rechazó la demanda principal por considerar probado el abandono de trabajo y la justificación del despido, hizo lugar únicamente a la reconvención sobre entrega de certificado de trabajo y condenó a la empleadora al pago de $23.805,57 por rubros reconocidos.

Despido Abandono de trabajo Art. 244 lct Certificado de trabajo Art. 80 lct Lumbalgia Prueba pericial Dias y sueldos Sac proporcional Costas


¿Quién es el actor?

Rubén Edgard Callirgos Masco.

¿A quién se demanda?

Entheus Seguridad Privada SRL.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (indemnizaciones por extinción del vínculo) y demás rubros (sueldos, SAC, vacaciones no gozadas, etc.), con intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda por despido interpuesta por Callirgos Masco; se hizo lugar a la reconvención de Entheus Seguridad Privada SRL respecto del certificado de trabajo (art. 80, LCT) y se rechazó la reconvención en cuanto al pago de la liquidación final. Se condenó a la empleadora a pagar $23.805,57 más intereses desde el 9/01/2015 por los rubros que prosperaron (SAC proporcional 2do. semestre 2014: $2.099,92; vacaciones no gozadas 2014 más SAC y gratificación: $4.602,65; indemnización art. 80 LCT: $17.103). Se impusieron costas 70% al actor y 30% a la accionada y se regularon honorarios periciales y profesionales conforme al fallo.
- Fundamentos principales (transcripciones literales de los párrafos más relevantes): "En definitiva, nada acredita que el cuadro de lumbalgia que presenta Callirgos Masco tenga nexo causal médico -legal, ni jurídico con las tareas de vigilador que cumplió en beneficio de Entheus Seguridad Privada SRL. Menos aún que esa patología le hubiera impedido laborar, tal como lo invocó en el inicio." "Por ello, ante el silencio del trabajador, Entheus Seguridad Privada SRL puso fin al vínculo a tenor de la pieza postal impuesta el 2/01/2015 y lo consideró incurso en abandono de trabajo -art. 244, LCT
- ... A la luz de lo expuesto y la teoría del carácter recepticio de las comunicaciones, cabe concluir que el contrato finalizó a tenor de la pieza postal del 2/01/2015 por abandono de trabajo (art. 244, LCT)." "Concluyo, por ello, que el despido dispuesto por Entheus Seguridad Privada SRL resultó justificado y, en dicha inteligencia, corresponde rechazar las indemnizaciones reclamadas con fundamento en lo normado por los arts. 232, 233 y 245, LCT como así también el incremento indemnizatorio del art. 2º de la ley 25.323." "En síntesis, corresponde hacer lugar a la indemnización del art. 80, LCT. Para su cálculo, consideraré que la mejor remuneración mensual normal y habitual del actor ascendió a $5.701 (ver fs. 332/333). En orden a ello, el rubro prospera por la suma de $17.103 ($5.701 x 3)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; el pronunciamiento es de la Jueza de Primera Instancia que firma la sentencia.

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