MARTINEZ, ALBERTO FIDEL c/ OLIVOS PARK S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
Reclamó trabajador por despido y por accidente de trabajo contra empleadores y la ART. La Cámara revocó parcialmente la sentencia: rechazó la acción contra Prevención ART S.A., confirmó lo demás apelado y ordenó aplicar los intereses previstos en el considerando 3º (art. 55, ley 27.802), además de regular costas y honorarios conforme a lo dispuesto.
¿Quién es el actor?
Alberto Fidel Martínez (actor demandante).
- Demandados: Olivos Park S.R.L., Luis José Bartoloni y Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (entre otros co-demandados).
- Objeto de la demanda: Despido (resultas del contrato de trabajo) y reclamo por accidente de trabajo bajo la ley 24.557 (acción contra la ART).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado para rechazar la acción contra Prevención ART S.A., confirmó el resto de lo impugnado en la apelación, y dispuso que los intereses aplicables sobre la condena fundada en el contrato de trabajo sean los establecidos en el considerando 3º (aplicación del art. 55, ley 27.802). Asimismo dejó sin efecto la imposición de costas y la regulación de honorarios practicada en la instancia anterior respecto de la acción enmarcada en la ley 24.557 y regló nuevas costas/honorarios conforme al detalle de la parte resolutiva. Costas de alzada por la acción fundada en las resultas del contrato de trabajo a cargo de las demandadas vencidas.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Dicha pauta legal consiste, tal como surge del texto expreso de la norma, en la actualización del crédito en base a los siguientes criterios: '…a) A través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a estos fines para el período correspondiente; b) En ningún caso el resultado … podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación sobre el mismo del índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual; c) El valor resultante no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b) del presente artículo.'"
2) "Consecuentemente, a partir de la orfandad probatoria del reclamo propondré que se rechace la demanda dirigida con fundamento en la ley 24.557 contra Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A."
3) "Por las actuaciones desplegadas ante esta instancia en el marco de la acción fundada en las resultas del contrato de trabajo, regúlense los honorarios de la representación letrada de las partes en el 30% de lo que les correspondió por la anterior instancia en el orden causado y las comunes por mitades... Regúlense los honorarios de la representación letrada de Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. y del perito médico en las sumas de $2.959.424 (32 UMAS) y $1.295.748 (14 UMAS) respectivamente."
- Disidencias: no surge disidencia mayoritaria; el voto del Dr. Alejandro H. Perugini adhiere al voto que antecede, por lo que la parte resolutiva refleja la decisión de la mayoría.
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