CARBALLO, CRISTIAN ALBERTO c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador Carballo demandó a La Segunda ART S.A. por accidentes de trabajo tras un resbalón y caída el 11/12/2023. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia en cuanto a la actualización monetaria, los intereses (fijándolos desde el 11/12/2023) y los honorarios, y confirmó el resto de la condena.
¿Quién es el actor?
Carballo Cristian Alberto.
¿A quién se demanda?
La Segunda ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo ocurrido el 11 de diciembre de 2023 que produjo lesión en hombro derecho y perjuicios indemnizatorios (incapacidad y demás costas y honorarios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de origen en lo relativo a la actualización monetaria y los acrecidos, estableciendo la aplicación de las pautas del Decreto 669/19 (RIPTE) para ajustar el importe de condena desde la fecha del accidente; decidió que los intereses corran desde el 11/12/2023; dejó sin efecto la resolución de origen sobre honorarios y los fijó originariamente en esta Sede (18% actor, 16% demandada, 8% perito médico, 8% perito psicóloga sobre capital e intereses), confirmó la sentencia de grado en lo demás que fue materia de apelación, e impuso las costas de la apelación a la aseguradora.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
1) Sobre nexo e incapacidad pericial: "…el trabajador presenta una incapacidad parcial y permanente del 3,15 (tres con 15/100)\" [...] \"se arriba a un porcentaje de incapacidad computable a los fines indemnizatorios, con los aludidos factores del orden del 3,5% de la total obrera. El segmento vinculado con la forma de adicionar los factores de ponderación tenidos en cuenta en este supuesto en particular se trata de un asunto que no mereció cuestionamiento puntual alguno por parte de la quejosa."
2) Sobre intereses desde el hecho: "…teniendo en cuenta las constancias fácticas aquí reunidas, que arriba inimpugnado a esta Sede que el evento dañoso sufrido por el reclamante data del día 11 de diciembre de 2023 y lo previsto en el artículo 2°, párrafo 3° de la ley 26.773 en torno a que los intereses han de correr desde el acaecimiento del evento dañoso, propongo modificar la sentencia en dicho segmento y determinar que los intereses han de regir desde el día 11 de diciembre de 2023."
3) Sobre actualización y acrecidos (aplicación del Decreto 669/19): "…corresponde su aplicación en aquellos supuestos en los que el accidente ... hubieren tenido lugar bajo la vigencia de la ley 27348... considero que las previsiones del Decreto 669/19 –en cuanto introducen una modalidad de ajuste vinculada al coeficiente del índice RIPTE
- resultan compatibles con el principio de reparación integral... propongo modificar la sentencia de grado anterior en lo que ha sido materia de agravios y en lo que atañe a la aplicación para el caso respecto de la actualización monetaria y los intereses conforme las pautas emergentes del Decreto 669/19..."
4) Sobre honorarios y costas: "…sugiero dejar sin efecto lo resuelto en origen sobre honorarios y determinar ese asunto ante esta Sede en forma originaria... corresponde regular los honorarios ... en el 18%, 16%, 8% y 8%, respectivamente, sobre el capital e intereses de condena... En consecuencia, sugiero imponer las costas originadas ante esta Sede a cargo de la aseguradora vencida en lo sustancial."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; ambos votos (Fera y Pesino) adhieren al acuerdo consignado.
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