MALLEA, JUAN RAUL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamación por enfermedad profesional contra Provincia ART S.A.; la Cámara confirmó la sentencia apelada en lo sustancial pero redujo los honorarios de la perita médica y reguló costas y honorarios de alzada conforme sus considerandos.
¿Quién es el actor?
Mallea, Juan Raúl.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: acción por enfermedad profesional cuya primera manifestación invalidante fue el 1/7/2019; recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia (recurso Ley 27.348).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el pronunciamiento en todo lo que fue motivo de recursos y agravios, con la salvedad de reducir los honorarios de la perita médica conforme al considerando III; además impuso costas y reguló los honorarios de alzada conforme al considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
III. "El actor apela por altos los honorarios regulados a todos los profesionales intervinientes en autos.
Ante todo, cabe destacar que, de conformidad con la solución que se propone en el considerando que antecede, la queja respecto de los honorarios correspondientes a la representación y patrocinio letrado de la demandada y actora se torna abstracta pues, dado que no será dicha parte quien deberá cargar con tales gastos, no se advierte en qué podría perjudicarle que aquéllos sean altos. Por ello, cabe desestimar este segmento del recurso por ausencia de gravamen.
En atención al mérito e importancia de los trabajos realizados, los honorarios de la perita médica lucen elevados, por lo que propicio reducirlos al 6% del monto total de condena, incluidos los intereses."
IV. "Sugiero imponer las costas de la alzada por el orden causado, a tenor de lo resuelto (art. 68 CPCCN), y con arreglo a lo establecido en los arts. 38 LO y 30 de la ley 27.423, sugiero fijar los honorarios de la representación letrada interviniente, por sus labores en esta etapa recursiva, en el 30% de aquello que le corresponda percibir por la totalidad de lo actuado en la primera instancia."
- Votos: El Dr. Manuel P. Díez Selva se pronunció en los términos antes transcritos; la Dra. Silvia E. Pinto Varela adhirió al voto que antecede. La parte resolutiva consigna la confirmación general del pronunciamiento con la reducción de los honorarios de la perita médica y la regulación de costas y honorarios de alzada según los considerandos III y IV.
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