ALMARAZ, JAVIER ABELINO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamó el actor por enfermedad profesional derivada de accidente de trabajo frente a Provincia ART S.A. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda y mantuvo la imposición de costas y honorarios de alzada conforme al considerando V, disponiendo que las costas de primera instancia se impongan por el orden causado.
¿Quién es el actor?
Almaraz, Javier Abelino (parte actora).
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por enfermedad profesional/accidente de trabajo bajo la ley especial (accion por incapacidad derivada de accidente/empresa aseguradora ART).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo lo que fue materia de recurso y agravios, con la salvedad de que las costas de primera instancia se impondrán por el orden causado; asimismo se impusieron costas y honorarios de alzada conforme al considerando V.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Anticipo que, más allá del esfuerzo argumentativo realizado por el abogado actuante, propiciaré confirmar lo resuelto en origen."
"En este sentido, corresponde tener por válidas las notificaciones cursadas, pues pesa sobre las partes la carga de mantener actualizado el domicilio denunciado en autos (art. 31 L.O.)."
"A mi modo de ver, y aun considerando el margen de opinión siempre existente en la evaluación de las pruebas, lo cierto es que no encontré en la magistrada anterior ningún elemento que justificara el calificativo de 'arbitrariedad', pues fue suficientemente fundada, a la par que los argumentos esbozados a lo largo del escrito recursivo no reflejaron más que una mera disconformidad con la decisión tomada, aunque de modo alguno logran conmover los fundamentos allí expresados."
"Quien inicia un reclamo judicial debe asumir algunos deberes de diligencia básicos como –por ejemplo
- estar atento a las novedades y notificaciones del pleito por él deducido, mantenerse comunicado periódicamente con su representación letrada e impulsar aquellas obligaciones que se hayan puesto en su cabeza (Sala I, SD del 12/9/2024, Expte. N° 21038/2014,...)."
- Fundamentos sobre costas y honorarios:
"Ahora bien, respecto del recurso deducido por el trabajador en torno a las costas, teniendo en cuenta que está reconocido por la aseguradora la denuncia de un accidente, y la asistencia médica hasta el otorgamiento del alta (v. fs. 48), y ante las particularidades de autos, propicio modificar lo resuelto en torno a los gastos causídicos, y distribuirlos en el orden causado, en ambas instancias (art. 68, 2ª parte, CPCCN)."
"Propongo imponer las costas de alzada en el orden causado, atento a las particularidades del caso (art. 68 2ª parte CPCCN, y con arreglo a lo establecido en el art. 38 L.O. y el art. 30 de la ley 27.423,...), corresponde fijar los honorarios ... en el 30% de los que le corresponde por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior (art. 30 ley 27.423)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; ambos jueces (Díez Selva y Guisado) adhirieron al mismo resultado.
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