ARAQUE PARRA, DANIEL ANTONIO c/ FARMCITY S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
Demanda por diferencias salariales promovida por Daniel Antonio Araque Parra contra Farmacity S.A. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda por insuficiente delimitación y acreditación de la jornada y de las diferencias reclamadas, pero modificó la imposición de costas y reguló honorarios.
¿Quién es el actor?
Araque Parra, Daniel Antonio.
¿A quién se demanda?
Farmacity S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por diferencias de salarios vinculadas a una supuesta modificación de la jornada de trabajo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo cuanto fue materia de apelación y agravios, con excepción de las costas de primera instancia (que se imponen en el orden causado y las comunes relativas a los honorarios de la perito contadora por mitades); impuso las costas de alzada en el orden causado; reguló los honorarios de la representación y patrocinio letrado en conjunto de las partes en el 30% de lo que les corresponda percibir sobre la totalidad de los honorarios fijados en primera instancia; e informó sobre el régimen de notificaciones conforme Ley 26.685 y acordadas de la CSJN.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"aun cuando la recurrente invoca un reconocimiento expreso de la modificación de la jornada del trabajador, tal circunstancia, por sí sola, no resulta suficiente para tener por acreditada la procedencia del reclamo. Ello así, pues no surge de las constancias de la causa una delimitación precisa de la jornada efectivamente cumplida, ni de los días y horarios que habrían sido modificados, ni tampoco de la concreta desmejora que dicha modificación habría implicado para el trabajador."
"la crítica relativa a la falta de aplicación de la presunción prevista en el art. 55 LCT y a una alegada valoración parcial de la prueba no logra rebatir el argumento central del pronunciamiento, referido a la insuficiente delimitación y acreditación de la plataforma fáctica necesaria para determinar la existencia y cuantía de las diferencias salariales reclamadas."
Sobre costas y honorarios: "En consecuencia, dadas las particularidades del caso y naturaleza del litigio, sugiero modificar lo decidido en la instancia de grado e imponer las costas en el orden causado y comunes por mitades -relativa a los honorarios de la perito contadora
- (arts. 68, segundo párrafo, y 71 del CPCCN)." y "Asimismo, atendiendo al mérito y a la extensión de la labor desarrollada por los profesionales intervinientes en esta alzada, así como al resultado del pleito que he dejado propuesto, sugiero regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado en conjunto de las partes actora y demandada en el 30% de lo que les corresponda percibir por su actuación en la instancia anterior..."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia; los votos consignados adhieren y el dispositivo final corresponde al acuerdo.
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