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PARADA, CRISTIAN OSCAR c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó el actor indemnizaciones por accidente “in itinere” (14/10/2022) y por enfermedad profesional (primera manifestación 21/07/2023) bajo la Ley de Riesgos del Trabajo. La Cámara modificó la sentencia de grado fijando los capitales nominales en $2.805.436,98 y $3.030.950,40 respectivamente, confirmó lo demás, reguló costas y honorarios y declaró procedente la aplicación del mecanismo de actualización conforme el Decreto 669/19.

Accidente in itinere Enfermedad profesional Ley 24.557 Ibm Ripte Decreto 669/19 Intereses Costas Honorarios Provincia art s.a.


¿Quién es el actor?

PARADA, CRISTIAN OSCAR.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por prestaciones dinerarias derivadas de accidente de trabajo “in itinere” ocurrido el 14/10/2022 y de enfermedad profesional con primera manifestación invalidante el 21/07/2023; además, pretensión por daño punitivo y cuestiones relativas al cálculo del Ingreso Base Mensual (IBM) y mecanismo de actualización de los acrecidos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar a la apelación de la parte actora para modificar los montos nominales de condena fijándolos en $2.805.436,98 por el accidente “in itinere” del 14/10/2022 y en $3.030.950,40 por la enfermedad profesional del 21/07/2023, aplicando los intereses y el mecanismo de actualización conforme lo dispuesto en el considerando; se confirmó la sentencia de origen en lo demás que fue materia de apelación; se dejó sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia, se impusieron las costas de primera instancia y de alzada a cargo de la demandada y se regularon honorarios conforme porcentajes indicados en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Ello es así, pues si bien dicho planteo no mereció tratamiento expreso en la instancia de grado, lo cierto es que el sistema de la Ley de Riesgos del Trabajo es tarifado y contempla la reparación de los daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales mediante las prestaciones específicamente previstas en dicho régimen... considero que el reclamo por daño punitivo debe ser desestimado." "En el caso, considero que le asiste razón a la recurrente en cuanto sostiene que la magistrada de grado omitió aplicar el mecanismo consistente en dividir la suma de las remuneraciones computables por la cantidad de días corridos del período considerado y multiplicar el resultado por 30,4, metodología que corresponde emplear a los fines de determinar el ingreso base mensual... En consecuencia, sugiero receptar el agravio y adecuar el cálculo del IBM conforme las previsiones legales precedentemente expuestas." "De acuerdo con lo expuesto, corresponde modificar la sentencia recurrida en lo que ha sido materia de agravios y disponer la aplicación, en el caso, de las pautas emergentes del Decreto 669/19 a los fines de determinar el modo de cálculo de los acrecidos sobre el importe diferido a condena, y declarar la constitucionalidad en el caso concreto."
- Votos y disidencias: El Dr. Mario S. Fera expuso los fundamentos y propuso la resolución; el Dr. Alejandro H. Perugini adhirió al voto en lo relativo al monto nominal de condena, imposición de costas y regulación de honorarios. No consta disidencia en el acuerdo.

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