GONZALEZ, VERONICA VALERIA c/ CUSTOMER'S PROTECTION S.R.L. s/DESPIDO
La actora demandó por despido y diferencias indemnizatorias contra Customer's Protection S.R.L. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó las pretensiones de reclasificación de categoría, de pagos no registrados y de sanciones adicionales, imponiendo costas y honorarios de alzada conforme al considerando VII.
¿Quién es el actor?
GONZÁLEZ, VERÓNICA VALERIA.
¿A quién se demanda?
CUSTOMER'S PROTECTION S.R.L.
- Objeto de la demanda: acción por despido y reclamación de diferencias indemnizatorias (reclamo de categoría como "gerente de tesorería", pagos en negro, sanciones por aportes no ingresados y demás rubros indemnizatorios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el fallo de grado en todo cuanto fue objeto de recurso y agravios; impuso costas de ambas instancias en el orden causado y fijó los honorarios de alzada tal como se sugirió en el Considerando VII.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Adelanto que el agravio no debería tener favorable acogida, y hago esta afirmación, por las siguientes consideraciones." (I, voto Dr. Manuel P. Díez Selva)
"lo cierto y determinante es que no advierto qué –hipotética
- proyección tendría ello respecto de los rubros objeto de reclamo. Repárese, en este sentido, en que amén de dicho debate, no obra pretensión alguna relativa a ello, a grado tal que ni siquiera reclamó supuestas diferencias salariales devengadas de la categoría alegada, circunstancia que evidencia la ausencia total de agravio respecto del tópico en estudio." (I)
"los elementos adunados a la causa tampoco acreditan que González se hubiese desempeñado como 'gerenta de tesorería'. Digo ello, porque los testigos Alicia Noemí Aprea, Rodolfo Enrique Rodríguez y Dante Ariel Fieler Heinze –que declararon a propuesta de la actora
- carecen de valor suasorio a tales efectos (conf. arts. 90 L.O. y 386 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." (I)
"En nada obsta a ello el argumento recursivo relativo a que 'conforme surge de la prueba documental y los mails adunados por esta parte la deponente falsea su testimonio al omitir que en cada mail figuraba el cargo de quien enviaba el mail, siendo en el caso de la actora GERENTE DE TESORERIA', por cuanto no solo que no fueron puestos a reconocimiento de la demandada (conf. art. 82 L.O.), sino que tampoco se produjo prueba informática a efectos de acreditar su autenticidad." (I)
"Al respecto, corresponde puntualizar que, como lo ha sostenido la jurisprudencia en términos que comparto, no resulta idónea la prueba testimonial si no proviene 'propiis sensibus', ya que los testigos son aquellos que han tenido conocimiento personal de los hechos a acreditar, sea por haberlos visto, por haberlos escuchado o por haberlos percibido de alguna manera; si el testigo no presenció el hecho que relata, su declaración carece de fuerza probatoria (CNAT, Sala I, 30/06/1998, 'Farías, Ramón c/ Coto C.I.C.S.A.'), circunstancia que acaece en el caso." (III)
"Por lo tanto, debe ser examinada con estrictez e interpretada de modo restrictivo... En ese orden de ideas, se ha resuelto que, dada la naturaleza y severidad, el interesado deberá efectuar un examen claro y preciso de los recaudos allí contenidos..." (VI)
"VII.
- En orden al mérito e importancia de los trabajos realizados (art. 38 de la ley 18.345, y ley Nº 27.423), considero que los honorarios regulados a la representación letrada de la actora no resultan bajos, por lo que sugiero su confirmación. ... Por ello, ante las particularidades del caso, propongo imponer las costas de ambas instancias en el orden causado." (VII)
- Votos y disidencias: Ambos vocales (Dr. Manuel P. Díez Selva y Dr. Héctor C. Guisado) adhieren al mismo criterio; no se registran votos en disidencia.
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