Logo

PENAYO SOTO, JOSE JUNIOR c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó el trabajador indemnización por accidente de trabajo y disminución de la capacidad laboral. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda por falta de prueba de incapacidad, impuso las costas de esta instancia por el orden causado y reguló honorarios en el 30% de lo correspondiente en origen.

Accidente de trabajo Prueba pericial medica Preclusion Desistimiento de prueba Costas Honorarios Art. 53 lo Revocacion denegada Seguridad y certeza procesal Apelacion confirmada


¿Quién es el actor?

Penayo Soto, José Junior (parte actora).

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A. (aseguradora/empresa demandada).
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo con exigencia de prueba pericial médica y reconocimiento de incapacidad laboral; se solicitó la revocación del rechazo de la demanda y que se ordene nueva pericia.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda por ausencia de prueba de la existencia de incapacidad (por haberse tenido por desistida la prueba pericial médica), exceptuándose la imposición de costas de primera instancia que se impone por el orden causado; se impusieron las costas de esta instancia por el orden causado y se regularon honorarios en el 30% de lo que correspondiera por su desempeño en origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "cabe destacar la orfandad probatoria en la que se incurre y, en particular, en relación con la prueba pericial médica, conforme surge de la resolución de fecha 13/03/2026, donde se lo tuvo por desistido de dicho medio probatorio, resolución que se encuentra firme … De allí que, si el reclamante no ha comparecido a la citación del perito médico a efecto de evaluarlo -conforme lo manifestado por este-, ni ha justificado en tiempo oportuno su ausencia, ha incurrido en una actitud de claro desinterés por el avance del mismo ... Por lo expuesto, y dado que no se ha logrado comprobar el presupuesto fáctico principal para el progreso de la acción (la disminución de la capacidad laborativa), no cabe más que rechazar la demanda interpuesta." "el accionante no cuestionó esa decisión, que quedó así consentida y firme (art. 96 L.O.), lo que sella la suerte adversa de la queja." "Por otro lado, memoro que, respecto de los plazos procesales, el art. 53 LO establece que todos ellos son improrrogables y perentorios ... La citada norma consagra
- de algún modo
- el principio de la preclusión de los actos procesales, en función del cual no es posible volver atrás sobre etapas ya cumplidas, cerrando toda posibilidad de ejercicio de derechos una vez vencidos los plazos fijados."
- Votos/adhesiones: El Dr. Manuel P. Díez Selva expuso los fundamentos arriba transcritos y propuso confirmar la sentencia de grado salvo costas de primera instancia; el Dr. Héctor C. Guisado adhirió al voto que antecede. No existen disidencias.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar