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MIGALE, MATIAS NICOLAS c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamo por accidente de trabajo por desgarro muscular y secuelas psíquicas. La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda por accidente de trabajo y rechazó la pretensión de incapacidad psicológica, con imposición de costas y honorarios en esta instancia.

Accidente de trabajo Incapacidad psicologica Art Indemnizacion Pericia psiquiatrica Confirmacion de sentencia Costas Honorarios Sala iv Accidente laboral

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Migale, Matías Nicolás (actor). Demandado: La Segunda ART S.A. Objeto: Acción por accidente de trabajo del 6/9/2023 (desgarro en gemelo al levantar una caja), con petición de reconocimiento de incapacidad física y psicológica/psíquica indemnizable. Decisión: Se confirmó el pronunciamiento apelado en todo aquello que fue motivo de recurso y agravios; se impusieron costas y honorarios de esta instancia conforme al considerando III.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "El apelante se queja porque la magistrada anterior desechó el porcentaje de incapacidad psicológica determinado por el perito médico." "Ahora bien, el perito médico, con fundamento en la evaluación psiquiátrica realizada, concluyó que el actor padece un cuadro compatible con una Reacción Vivencial Anormal Neurótica de grado I-II, por la que ponderó una restricción del orden del 5% de la t.o. Sin embargo, coincido con la conclusión a la que arribó la magistrada anterior para desestimar la minusvalía psicológica." "Pero, teniendo en cuenta las particularidades del caso en concreto, dada la mecánica accidental ('mientras levantaba una caja de herramientas pesada sintió un "tirón" en su pierna derecha, diagnosticándose un desgarro en el gemelo'), y la ausencia de incapacidad física relevada, a mi juicio el hecho descripto carece de relevancia para generar las lesiones descriptas en el plano psíquico, a la luz del curso natural y ordinario de las cosas." "Recuérdese que si bien corresponde a los profesionales pronunciarse desde la ciencia que le es propia acerca de la posibilidad de vincular una afección con una etiología laboral o extra laboral, quien juzga puede apartarse de la opinión del experto si encuentra sólidos argumentos, ya que no son los peritos médicos los que fijan la incapacidad, sino que ella es sugerida por éstos y determinada finalmente en sede judicial, con sustento en todas las pruebas que surgen del expediente y las normas legales de aplicación." "Omito a esta altura continuar examinando el resto de las cuestiones alegadas por la parte actora, ya que las considero inconducentes para la solución del litigio." "En definitiva, de compartirse mi voto, corresponderá: 1) Confirmar el pronunciamiento apelado en todo aquello que fue motivo de recurso y agravios. 2) Costas y honorarios de esta instancia, de conformidad con lo dispuesto en el considerando III."
- Votos en disidencia: No se registra voto en disidencia; el Dr. H. C. Guisado adhirió al voto que antecede y el pronunciamiento fue acordado por la Cámara.

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