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TORANZO, CRISTIAN ROBERTO Y OTRO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Demandantes reclamaron prestaciones por incapacidad por accidente de trabajo y enfermedades conexas conforme Ley de Riesgos del Trabajo. La Cámara modificó la sentencia de grado fijando el monto de condena en $776.976,48, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios conforme a UMA y al 30% para la alzada.

Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Incapacidad laboral Pericia medica Actualizacion e intereses (art.55 ley 27802) Uma Honorarios Costas Monto de condena $776.976 48 Acordada csjn 15/2013


¿Quién es el actor?

TORANZO, CRISTIAN ROBERTO y otro.

¿A quién se demanda?

FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A. y otro.
- Objeto de la demanda: Reclamo por prestaciones dinerarias y reconocimiento de incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo y enfermedades denunciadas (Ley de Riesgos del Trabajo).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia apelada y fijó como nuevo monto de condena la suma de $776.976,48; impuso las costas de la Alzada a la demandada; reguló honorarios de las representaciones letradas y de la perito médica en 135 UMA, 133 UMA y 55 UMA respectivamente; reguló los honorarios de la Alzada en el 30% de lo que resulten los honorarios de la instancia anterior; y ordenó cumplimiento de art. 1º de la ley 26.856 y de la Acordada CSJN 15/2013.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "En efecto, la perito médica designada de oficio efectuó el examen clínico del actor, analizó los antecedentes obrantes en la causa y los estudios complementarios acompañados, describiendo detalladamente las secuelas verificadas y concluyendo que el accionante presenta limitaciones funcionales de columna cervical y lumbar, insuficiencia venosa crónica, hipoacusia bilateral inducida por ruido y déficit campimétrico, determinando una incapacidad laborativa parcial y permanente de la total obrera." 2) "Por lo demás, las conclusiones periciales encuentran adecuado respaldo en las restantes probanzas de la causa, particularmente en la prueba testimonial ... que da cuenta de las condiciones en que el actor desarrolló sus tareas durante extensos períodos de tiempo." 3) "Ello es así, en tanto el dictamen pericial en el que se sustenta (la incapacidad psicológica) no reúne la consistencia técnico-científica necesaria para fundar una decisión jurisdiccional, puesto que no se advierte en el informe la explicitación de elementos objetivos que permitan establecer el nexo causal entre el cuadro psíquico descripto y la enfermedad laboral..." 4) "En los juicios en trámite y aún pendientes de sentencia definitiva a la fecha de su entrada en vigencia, los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo deben actualizarse conforme a los parámetros siguientes: a) ... tasa pasiva determinada por el Banco Central ...; b) ... no podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación ... del Índice de Precios al Consumidor (IPC) ... con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual; c) ... no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido..." 5) Cálculo concreto del magistrado proponente: "la suma resultante equivale a $647.480,40 ... y ... la indemnización de pago único previsto en el art. 3 de la ley 26.773 ... importe total de la prestación asciende ... a la suma de $776.976,48 ($129.496,08 + $647.480,40)."
- Votos y disidencias: El Dr. José Alejandro Sudera votó en los términos del voto mayoritario que fundamenta la modificación; el Dr. Carlos Pose adhirió al voto. El Dr. Manuel P. Diez Selva no votó (art. 125 L.O.). No consta disidencia de mayoría relativa en el dispositivo final.

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