VISUARA, YOLANDA MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió acción contra ANSES solicitando reajustes varios de la pensión derivada y la declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad y decretos. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado (diferir la demostración del índice a liquidación) y confirmó el resto, declarando la inconstitucionalidad del DNU 163/2020 y disponiendo costas a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VISUARA, YOLANDA MABEL.
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes varios de la pensión derivada (PBU), tratamiento de inconstitucionalidad del Decreto PEN 163/2020 y del art. 1 de la ley 27.609 (movilidad), exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos, aplicación del precedente "Villanustre" y oposición a imposición de costas.
Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto anticipaba el índice a considerar para el reajuste de la PBU (diferir dicha cuestión para la etapa de liquidación), confirmó la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 163/2020, confirmó la decisión de grado respecto de la exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos, rechazó la aplicación del precedente "Villanustre" por no corresponder al régimen de la ley 24.241, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 en lo relativo a costas, y condenó en costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, texto original):
"II.
- En cuanto al agravio vinculado con el reajuste de la PBU, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “GIANOLI, NORMA ISABEL c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 062011554/2011/CA001 Fecha: 18/02/2016, que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “QUIROGA CARLOS ALBERTO C/ANSeS S/REAJUSTES VARIOS”, Fecha 11/11/2014, por lo que corresponde revocar en cuanto anticipa el índice a considerar, el cual deberá evaluarse al momento de practicar liquidación."
"III.
- En referencia al agravio relacionado con el planteo de inconstitucionalidad del decreto dictado por el PEN 163/2020, consideramos que la cuestión es sustancialmente análoga a lo examinado por esta Alzada en los Autos “CIER, NILDA PILAR c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 009512/2020/CA001 Fecha: 08/11/2021, por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí expresados que pasan a integrar el presente resolutorio en lo que aquí concierne. En consecuencia, corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad de dicho decreto."
"V.
- Ahora bien, respecto al agravio planteado por la parte demandada en su memorial relacionado la exención del impuesto a las ganancias, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “GUIRAO MARÍA c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 022094054/2011/CA002 Fecha: 20/09/2021, por lo que corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos."
"RESUELVE: I.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, “Quiroga” señalado precedentemente. II.
- CONFIRMAR EL RESTO DE LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio; III.
- IMPONER las costas de ambas instancias a a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el texto; la resolución se adopta por la Cámara (firmas de los jueces).
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