CARBONETTI, ALBERTO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES por reajustes varios de haberes previsionales y retroactivos derivados de la liquidación de la PBU. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado (diferir la determinación del índice y eventual quita para la etapa de liquidación) y confirmó el resto, declaró la inconstitucionalidad del DNU 163/2020 y del art. 1 de la ley 27.609 en lo consultado, e impuso costas a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CARBONETTI, ALBERTO ANTONIO.
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes varios de haberes previsionales (reajuste de la PBU, aplicación de índices para recálculo del haber, declaración de inconstitucionalidad de diversos decretos/leyes, exención del impuesto a las ganancias, costas).
Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto del índice a considerar para el ajuste de la PBU (dejando para la liquidación la evaluación de eventual quita o merma confiscatoria), confirmó el resto de la sentencia apelada, confirmó la declaración de inconstitucionalidad del decreto 163/2020 en lo pertinente, rechazó el planteo sobre la no aplicación de la exención del impuesto a las ganancias y declaró las costas de ambas instancias a cargo de la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"Que del examen de autos surge que el Sr. CARBONETTI ALBERTO ANTONIO, adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, con fecha de adquisición del derecho el 30/10/2016."
"II.
- En cuanto al agravio vinculado con el reajuste de la PBU, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: 'GIANOLI, NORMA ISABEL c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES' ... por lo que corresponde revocar en cuanto anticipa el índice a considerar, el cual deberá evaluarse al momento de practicar liquidación."
"IV.
- Adentrándonos al tratamiento del agravio relacionado con la inconstitucionalidad del Dec. 807/2016 y la res. 56/2018, la cuestión resulta sustancialmente análoga a la examina por esta Alzada en los autos 'BARBETTI, NILDA NOEMI c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES' ... a cuyos fundamentos corresponde confirmar y remitir."
"V.
- En referencia al agravio relacionado con el planteo de inconstitucionalidad del decreto dictado por el PEN 163/2020, consideramos que la cuestión es sustancialmente análoga a lo examinado por esta Alzada en los Autos 'CIER, NILDA PILAR c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES' ... En consecuencia, corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad de dicho decreto."
"VIII.
- ... corresponde rechazar el planteo efectuado por la demandada, debiendo confirmar lo decidido por el a-quo en cuanto declara exentas del impuesto a las ganancias a las retroactividades emergentes de la sentencia dictada en autos."
"I.
- REVOCAR parcialmente la sentencia del Sr Juez de grado y en consecuencia, diferir para la etapa de liquidación la demostración de la eventual quita o merma confiscatoria, por quien pretende el ajuste de la PBU, de conformidad con lo dispuesto por la CSJN en el fallo, 'Quiroga' señalado precedentemente."
"II.
- CONFIRMAR EL RESTO DE LA SENTENCIA de autos en cuanto fue materia de apelación y agravio;"
"III.
- IMPONER las costas de ambas instancias a la vencida (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."
Votos/firmas: La resolución se encuentra firmada por los Jueces de Cámara Eduardo P. Jiménez y Alejandro O. Tazza (resolución mayoritaria; no se consignan votos en disidencia).
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