FUENTES, HORACIO LUCIO c/ OBRA SOCIAL DE TRAB. SOCIOS DE LA ASOC. MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES Y OTRO s/HOMOLOGACION DE CONVENIO
El actor solicitó la homologación de un convenio con su obra social por retenciones de aportes. El Juzgado Federal homologó íntegramente el convenio y ordenó que ANSES transfiera mensualmente el 100% del importe retenido en concepto de obra social a la Obra Social demandada, imponiendo las costas en el orden causado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Horacio Lucio Fuentes, DNI 5.514.150.
Demandado: Obra Social de Trabajadores Socios de la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales y la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales.
Objeto: Homologación de convenio conciliatorio entre las partes sobre la regularización/transferencia de los importes retenidos en concepto de obra social.
Decisión: Homologó en todas sus partes el convenio celebrado; impuso las costas en el orden causado; libró oficio a ANSES para que transfiera mensualmente el 100% del importe retenido en concepto de "obra social" al ente reclamado dentro de los quince (15) días corridos posteriores a cada mes vencido, conforme art. 20 ley 23.660 y concordantes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"De conformidad con lo establecido en el art. 309 del CPCCN y analizado el acuerdo conciliatorio, surge que, se ha arribado a una justa composición de los derechos de las partes y que el mismo se encuentra suscripto por ambas partes integrantes en las presentes actuaciones, las que han prestado conformidad."
"I.) HOMOLOGAR en todas sus partes y con los alcances allí dispuestos el convenio celebrado entre el señor Horacio Lucio Fuentes (parte actora) y la Obra Social de Trabajadores Socios de la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales y la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales (parte demandada); el que se declara parte integrante de la presente."
"II.) IMPONER las costas en el orden causado (art. 68 del CPCCN); lo cual fue expresamente acordado entre las partes en el convenio que se homologa."
"III.) LÍBRESE OFICIO vía DEOX a la ANSES, como se solicita, haciéndole saber que deberá transferir mensualmente a la Obra Social de Trabajadores Socios de la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales Jerárquicos Salud RNO: 0-0320-7, CUIT: 33-71018560-9, el 100% del importe que en concepto de 'obra social' le es retenido al señor Horacio Lucio Fuentes DNI n° 5.514.150, dentro de los quince (15) días corridos posteriores a cada mes vencido, conforme art. 20 ley 23.660 y cc."
(Resolución firmada por JUEZ FEDERAL MARIA GABRIELA MARRÓN, fecha de firma 10/08/2026.)
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