Logo

.................... S/ HABEAS CORPUS

Habeas corpus de condenada que cuestiona negación de régimen abierto y salidas transitorias. La Cámara rechazó la vía originaria por inadmisible y remitió las actuaciones al Juzgado de Ejecución N°4 y al defensor para que evalúen y articulen las peticiones.

Habeas corpus Inadmisibilidad Ejecucion penal Regimen abierto Salidas transitorias Progresion de la pena Juzgado de ejecucion penal n?4 lomas de zamora Tutela judicial efectiva Debido proceso Remision de actuaciones.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Eliana Mariel Savio, condenada, interpone acción de habeas corpus por su propio derecho. Demandado: Juzgado de Ejecución Penal N°4 de Lomas de Zamora (y, en sentido amplio, la instancia ejecutora/autoridades que negaron progresión de régimen). Objeto: Agravamiento ilegítimo de condiciones de detención; rechazo sistemático por parte del Juzgado de Ejecución y la alzada al acceso a régimen abierto y salidas transitorias, pese a informes criminológicos positivos y actividades tratamentales; vulneración de derecho a progresar en la ejecución, debido proceso, tutela judicial efectiva, y defensa. Decisión: Se rechazó el hábeas corpus originario por inadmisible en esta Sede y se remitieron las actuaciones al Juzgado de Ejecución Penal N°4 de Lomas de Zamora y al defensor de la instancia para que evalúen y eventualmente articulen las peticiones de la recurrente. Reserva de caso federal por parte de la actora.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "La recurrente denuncia el agravamiento ilegitimo de sus condiciones de detención, toda vez que a su entender, tanto el Juzgado de Ejecución interviniente como la Alzada local le han rechazado sistemáticamente el acceso al régimen abierto y salidas transitorias mediante fundamentos arbitrarios e ilegales que se desentienden de los informes criminológicos positivos y las actividades tratamentales realizadas en su larga estadía intramuros. Afirma que ambas instancias, mediante fundamentaciones genéricas y dogmáticas, incorporando requisitos no exigidos por la ley, quebrantaron su derecho a progresar en la ejecución de la pena y la privaron del acceso a un tratamiento pleno de reinserción. Alega que se han vulnerado los derechos y garantías del debido proceso, tutela judicial efectiva, defensa en juicio y acceso a la justicia, ocasionándole un perjuicio de imposible reparación ulterior. Formula reserva del Caso Federal. Peticiona se haga lugar al hábeas corpus presentado y se realice la audiencia estipulada en el art. 412 del CPPBA." "Es doctrina de este Tribunal que la presentación directa del hábeas corpus ante esta Sede es formalmente inadmisible, salvo supuestos de gravedad institucional o la existencia de cuestiones de carácter federal. En el caso concreto, las cuestiones planteadas, así como los cuestionamientos al sistema judicial formulados por la recurrente, resultan evidentemente ajenos a la vía intentada, de modo que no podrían ingresar en ninguno de los supuestos en los que excepcionalmente se admite la presentación directa ante este Tribunal. Así las cosas, no está de más recordar que conforme lo expusiera nuestro Superior Tribunal en los precedentes 'Jurado y otros' (P. 128.958 sent. del 14/06/2017): '(...) el habeas corpus ­´como recurso´ ha sido ideado por el legislador bonaerense como una opción para cuestionar la prisión preventiva, más si ésta fue recurrida por el recurso de apelación, no puede ser utilizado rectamente en la causa so riesgo de que un mismo temperamento procesal pueda ser revisado alternativa o simultáneamente por dos mecanismos de impugnación en detrimento de los principios de preclusión y progresividad procesal y del criterio de taxatividad que campea todo sistema recursivo local'." Decisión concreta del Acuerdo: "I. Rechazar el hábeas corpus originario interpuesto por Eliana Mariel Savio. II. Remitir las presentes actuaciones al Juzgado de Ejecución Penal N° 4 de Lomas de Zamora y al Defensor de la instancia que asiste a la interna de marras con la finalidad de que evalúe y eventualmente articule las peticiones de la nombrada. Arts. 8 inc. 2 'h', CADH; 9 inc. 4, PIDCP; 18, 43 y 75 inc. 22, Const. nac.; 20, Cons. prov.; 405, 406, 417, 530 y 531, CPP."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar