FRAVEGA S.A.C.I.E.I C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL SAN MARTIN S/ PROCESO SUMARIO DE ILEGITIMIDAD - OTROS JUICIOS
Fravega S.A. impugnó sanción municipal por incumplimiento en la entrega de aires acondicionados y pago por daño directo. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia: rechazó la demanda, validó la multa de $70.000 y el daño directo de $50.000, con fundamentos en la inversión dinámica de la carga de la prueba y la proporcionalidad sancionatoria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FRAVEGA S.A.C.I.E.I.
Demandado: Municipalidad de General San Martín.
Objeto: Nulidad de la Resolución Administrativa de fecha 19/06/2018 que impuso multa de $70.000 por infracción al art. 10 bis de la Ley 24.240 y condena por daño directo de $50.000; se atacó también la fundamentación, la graduación de la sanción y la procedencia del daño directo; se apeló además contra regulación de honorarios.
Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó íntegramente la sentencia de fecha 20/10/2023 en cuanto fue materia de agravios; se impusieron las costas de alzada a la actora; se difirió el tratamiento del recurso contra la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"El 29/10/2018 el Juzgado hizo lugar a la inconstitucionalidad del requisito de pago previo (art. 70, ley 13.133). Narró que esta decisión fue apelada por la Fiscalía, confirmada por la Cámara de Apelaciones y cobró firmeza luego del rechazo del recurso extraordinario por la Suprema Corte de Justicia el 13/10/2021."
"La infracción quedó consumada mucho antes de la primera audiencia conciliatoria. Al 24/02/2018 el consumidor había ejercido la opción que la ley pone a su alcance y el proveedor no la satisfizo. Los ofrecimientos formulados en las audiencias del 06/04/2018 y del 16/04/2018 ... resultaron necesariamente posteriores a la conducta reprochada y fueron, además, expresamente rechazados por el denunciante, de modo que ningún acuerdo conciliatorio se perfeccionó."
"La sanción de $70.000 se sitúa en el segmento inferior de la escala aplicable, representando apenas el catorce por mil del máximo previsto por la ley provincial ... Difícilmente pueda predicarse exceso de punición de una sanción así situada ... Por lo expuesto, el agravio tampoco puede prosperar."
"El menoscabo patrimonial del Sr. Suarez no es hipotético ni conjetural: abonó $48.618 el 05/02/2018 por dos equipos que nunca recibió, no obtuvo la anulación de la operación que solicitó el 24/02/2018 y -conforme se analizara en el considerando 7°)
- no se ha acreditado restitución alguna de esa suma."
"Basta repasar el desarrollo reseñado en el considerando 1°) para verificar que el Sr. Juez a quo analizó pormenorizadamente las constancias del expediente administrativo ... encuadró la conducta reprochada en el art. 10 bis de la ley 24.240, examinó la escala sancionatoria y las pautas de graduación ... y abordó de modo autónomo la procedencia del daño directo."
- Votos: Sentencia unánime (Enrici y Saulquin). Se consignó intervención previa del Ministerio Público Fiscal en asunto distinto (inconstitucionalidad del 2° párrafo del art. 70 Ley 13.133) y se le notificó la presente resolución con los alcances indicados.
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