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PIÑEIRO ESTEFANIA LORENA C/ SERENA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.U. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La actora promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica por accidente de trabajo in itinere reclamando indemnizaciones por $4.762.756,92. El Tribunal hizo lugar parcialmente, declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y resolvió condenar a Serena ART S.A.U. al pago de $22.598.268,17 por incapacidad parcial y permanente.

Accidente in itinere Revision comision medica Incapacidad parcial permanente 15 91% Dnu 669/2019 inconstitucional Actualizacion ripte Indemnizacion pago unico Serena art s.a.u. Ley 24.557 Ley 27.348 Costas a la demandada.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Piñeiro Estefanía Lorena, por accidente de trabajo in itinere ocurrido el 28/02/2023. Demandado: Serena Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.U. (antes OMINT ART S.A.), aseguradora de la empleadora DORINKA S.R.L. Objeto: Revisión de resolución de Comisión Médica jurisdiccional y pago de indemnizaciones por incapacidad derivada de accidente de trabajo; la demanda inicial reclamó $4.762.756,92. Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la acción, se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y de determinadas normas reglamentarias y se condenó a la demandada a pagar $22.598.268,17 por incapacidad laboral parcial y permanente; costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): 1) Sobre la prueba pericial y la incapacidad: "Con relación a la causa-efecto pueden considerarse absolutamente cierta la lesión descripta, habida cuenta de los elementos que preceden, debe admitirse sobre la base de los informes de los estudios, del examen físico, y demás constancias que obran en el expediente, que existiría una relación de causalidad entre el siniestro relatado en autos y las secuelas descriptas. Para el cálculo de las incapacidades descriptas se utilizó el Baremo 659/96 de la Ley 24557... concluyo que la demandante Piñeiro Estefania Lorena padece de una incapacidad psicofísica parcial y permanente del 15.91%." 2) Sobre la inaplicabilidad del DNU y actualización: "Por lo que, adhiriendo tales fundamentos, corresponde declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 669/2019. Asimismo, y atendiendo que las resoluciones Nro. 1039/2019 y Resolución 332/2023 dictadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) fueron en el marco de la función prevista por el DNU Nro. 669/2019, estas deben correr la misma suerte que la normativa que les diera causa." 3) Sobre la liquidación y montos: "Por lo que, para el caso, aplicando los valores debidamente acreditados, corresponde: $ 412.118,48 x 53 x (65/28) x 15,91% = $ 8.067.211,88... Resultando así, que el capital de condena ascendería a la suma de $ 2.428.354,63, capital que se actualiza conforme las pautas precedentemente dictadas, quedando determinado del siguiente modo: ... Suma actualizada con intereses: $ 22.598.268,17. En definitiva, corresponde a la demandada pagar al actor la suma de Pesos Veintidós Millones Quinientos Noventa y Ocho Mil Doscientos Sesenta y Ocho con Diecisiete centavos ($ 22.598.268,17) en concepto de prestación por incapacidad laboral parcial y permanente."
- Otros fundamentos relevantes: rechazo de los planteos de inconstitucionalidad formulados por la actora (en los términos del fallo) y aplicación del control de razonabilidad para evaluar normas impugnadas; determinación de costas a cargo de la demandada y regulación diferida de honorarios.

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