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BAYONI ADRIAN OMAR y otro/a S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Homologación de convenio laboral por monto total de $2.000.000. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional como justa composición de derechos y deberes, imponiendo costas a la demandada e intimando el pago de tasa de justicia y contribución profesional.

Homologacion de convenio L.c.t. Acuerdo transaccional Costas Tasa de justicia Regulacion de honorarios Indemnizacion $2.000.000 Honorarios $400.000 Jus $49.750 Intimacion pago.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ADRIAN OMAR BAYONI y otro/a. Demandado: COOK & FIT S.A. Objeto: Homologación de acuerdo transaccional entre las partes (homologación de convenio y liquidación pactada). Decisión: Se homologó el acuerdo transaccional por la suma total de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000) a favor de la parte actora y a cargo de la demandada; costas a cargo de la demandada; intimación para acreditar pago de tasa de justicia y contribución al Colegio de Abogados; regulación de honorarios conforme al monto del acuerdo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
- Voto de la Sra. Jueza Dra. Slavin: "importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057), deberá homologarse la misma, teniendo presente lo demás manifestado e imponiéndose las costas a la demandada (SCBA 10-9-95 'Garzon c/ El Mangrullo..' en Carpetas DT 1985-2434). Intimase a la demandada acredite el cumplimiento de la correspondiente tasa de justicia bajo apercibimiento de comunicar tal circunstancia al Departamento de Cobro de Tasa de Justicia a los fines que estime corresponder."
- Resolución del Tribunal, punto 1: "Homologar en cuanto por derecho corresponde el acuerdo conciliatorio arribado en la presentación efectuada por las partes en ACUERDO TRANSACCIONAL
- SE PRESENTA (243700516007966550), en los términos allí referenciados. De conformidad a lo acordado , se revalida la suma total de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000) a favor de la parte actora ADRIAN OMAR BAYONI y a cargo de la parte demandada COOK & FIT S.A., pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de la demandada mencionada."
- Resolución, punto 2 (intimación de tasas y contribución): "Intimase a la demandada para que en el plazo de cinco días acredite el cumplimiento de la tasa de justicia por la suma de $44.000, bajo apercibimiento de Ley, debiendo acompañar la correspondiente boleta (art. 252 ley 10.397) y la cantidad de $2.200, como contribución al Colegio de Abogados (art. 60 ley 15.057) ( Res. 38/13 SPL SCJBA)."
- Resolución, punto 3 (honorarios): "A los fines de la regulación de honorarios de los letrados se toma como base el monto del acuerdo. Atento lo pactado, regulase los honorarios de la Dra. DAIANA FLAVIA BENITEZ AMMANN en la cantidad de PESOS CUATROCENTOS MIL ($400.000)... y del Dr. ARIEL MAXIMILIANO MASTAKAS en la cantidad de 7 JUS equivalentes al día de la fecha a ($348.250), a los que se adicionará el porcentaje del art. 14 de la ley 6716 mod. por ley 8455... (valor del Jus $49.750 Ac. 4222 SCJBA). Adicionase la incidencia del Iva en caso que correspondiere."
- Resolución, punto 4 (cumplimiento de LCT): "Hágase saber a las partes que deberán dar cumplimiento al art. 277 de la L.C.T texto ley 27.802 ( arts. 12,15, 277 y ccdts. LCT texto actual )."
- No se registran votos en disidencia: las Dres. Bartoli y Beldarrain adhieren al voto de la Sra. Jueza Slavin "por sus fundamentos al voto que antecede, votando con idéntico alcance."

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