FALCON HECTOR ALFREDO C/ VAZQUEZ CACERES ERNESTO CARLOS S/ DESPIDO
Demanda por despido con acuerdo conciliatorio por la suma de $8.000.000. El Tribunal homologó la transacción celebrada el 2/3/2026, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios en 34.53 Jus para el letrado de la actora y 17.26 Jus para el letrado de la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FALCON HECTOR ALFREDO.
Demandado: VAZQUEZ CACERES ERNESTO CARLOS.
Objeto: Acciones derivadas de despido; las partes celebraron una transacción conciliatoria documentada en escrito electrónico de fecha 2/3/2026 por un monto conciliado de PESOS OCHO MILLONES ($8.000.000).
Decisión: Homologar la transacción celebrada por las partes en el escrito electrónico de fecha 2/3/2026, imponer las costas a la demandada y regular honorarios de los letrados conforme al monto conciliado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, con lenguaje original del Tribunal):
"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contrario a las leyes de orden público (arts. 1641 y 1643 CCyC., 12 y 15 de la LCT, 308 del CPCC.) habiéndose alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes (SCBA LP L 87983 S 26/12/2012 Carátula: Olivera, Carlos Alberto c/Transportes Automotores La Plata S.A. s/Despido).
- Por ello entiendo que corresponde homologar dicha transacción por medio de la cual las partes dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el escrito electrónico de fecha 2/3/2026 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."
"Las costas serán soportadas por la demandada VAZQUEZ CACERES ERNESTO CARLOS (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25, 26 y 89 de la ley 15.057), regulándose los honorarios de los Dres. FREILICH RODRIGO MARTIN, letrado apoderado de la actora en la cantidad de Treinta y cuatro Jus y cincuenta y tres centésimos (34.53 JUS); BLANCO ALEJANDRO FIDEL, letrado patrocinante de la demandada en la cantidad de Diecisiste Jus y veintiseis centésimos (17.26 JUS). Todas con más el porcentaje legal e I.V.A si correspondiere. (...) A tal fin se ha tenido en cuenta como base regulatoria, el monto conciliado que asciende a la suma de PESOS OCHO MILLONES ($8.000.000), la naturaleza, importancia y eficacia de las tareas desarrolladas en autos, etapa cumplida, de conformidad con lo preceptuado en las normas referidas supra, computando a los efectos del presente el valor de jus al día de la fecha (Ac. 4219/26 SCBA)."
(Se consignan además las órdenes procedimentales: notificación electrónica a letrados y Receptoría, regulación de honorarios y remisión a Secretaría para liquidación conforme art. 59 ley 15.057.)
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