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FERREYRA ANDREA SILVANA C/ LA SEGUNDA ART S.A. S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE

La actora promovió demanda por enfermedad/accidente laboral y las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio. El Tribunal homologó el acuerdo por considerarlo una justa composición de derechos e intereses y ordenó el pago de $10.000.000, imposición de costas a la demandada y regulación de honorarios y peritos.

Homologacion de conciliacion Art.15 lct Enfermedad/accidente laboral La segunda art s.a. $10.000.000 Costas a la demandada Regulacion de honorarios Peritos y montos Audiencia 4/8/2026 Tribunal del trabajo n? 1 (san nicolas)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ferreyra Andrea Silvana. Demandado: La Segunda ART S.A. Objeto: Reclamo por enfermedad/accidente laboral (causa caratulada "FERREYRA ANDREA SILVANA C/ LA SEGUNDA ART S.A. S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE") y solicitud de homologación de acuerdo transaccional celebrado en audiencia de fecha 4/8/2026. Decisión: Homologar el acuerdo transaccional celebrado en la audiencia del 4/8/2026 por el cual la demandada abonará al actor la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000), imponer las costas a la demandada, regular honorarios y peritos en los montos indicados y disponer intimaciones de pago y comunicaciones a organismos pertinentes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Que en la audiencia que da cuenta el acta en fecha 4/8/2026 ambas partes manifiestan haber arribado a un acuerdo conciliatorio cuya homologación peticionan y debo decir que no advierto inconveniente alguno en acoger favorablemente la homologación peticionada, dada la razonabilidad del acuerdo celebrado, la expresa conformidad prestada por las partes intervinientes y la ausencia de violación de norma de orden público alguna." "Ello así pues, el requisito de homologación establecido por la ley laboral sustantiva en su art. 15 está dirigido a hacer efectivo el 'orden publico laboral' en el que prima el principio protectorio hacia el trabajador. Ello impone la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada, circunstancia configurada en autos, en atención a los términos del reclamo deducido, la manera en que quedó trabada la litis, las manifestaciones vertidas por las partes en la audiencia que da cuenta el acta de fecha 4/8/2026 y la ratificación personal prestada por el actor en dicha audiencia (doct. art. 277 L.C.T.)." "Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (art. 15 de la L.C.T. y 30 ley 15.057 y Res. SCBA 1840-24 y 6 sgtes y concordantes de la ley 24.557)." Resolución (extracto): "I.
- Resultando una justa composición de derechos e intereses de las partes (art. 15 L.C.T.), homologar el referido acuerdo transaccional en los términos expresados en la audiencia de vista de causa de 4/8/2026, por el cual la demandada 'La Segunda ART SA' abonará al actor la suma de PESOS DIEZ MILLONES -$10.000.000-, en la forma dispuesta en el art. 277 de la L.C.T." Otras disposiciones relevantes (extracto): "II.
- Imponer las costas a la demandada (Arts. 24 y 89, ley 15.057...)." "III.
- Fijar los honorarios del Dr. Edgardo Luis Lazzarino en la suma de TREINTA Y SIETE JUS ARANCELARIOS CON CIENCUNTA Y SIETE CENTESIMOS -37,57
- ... y los de los peritos ... contadora Evangelina Del Valle Rocca en la suma de PESOS QUINIENTOS MIL -$500.000
- ... médico Juan Tedone en la suma de PESOS QUINIENTOS MIL -$500.000
- ... técnico Daniel Ruben Vitrano en la suma de PESOS MIL -$500.000
- y fonoaudiólogo Daniel Oscar Sbuttoni en la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL -$120.000-." "IV.
- Requerir de la demandada ... tenga a bien realizar el pago de los honorarios reconocidos y/o regulados ... mediante transferencia directa ... debiendo estos últimos acreditar dentro de los diez días de percibido su crédito el pago de las cargas previsionales ..." "V.
- Intimar a la demandada para que dentro de cinco días acredite en autos el pago de DOSCIENTOS VEINTE MIL -$220.000
- en concepto de tasa de justicia y de PESOS ONCE MIL -$11.000
- correspondiente a la contribución del 5% ... bajo apercibimiento ..."

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