ORELLANA CLAUDIO RICARDO C/ SWISS MEDICAL ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Acción especial por accidente de trabajo por secuelas físicas y psicológicas. El Tribunal hace lugar a la demanda, declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y de artículos de las leyes 23.928 y 25.561 y condena a la demandada a pagar $20.207.432,00, más costas y honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Claudio Ricardo Orellana, representado por Dra. Evelyn Orellana.
Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A.
Objeto: Reparación por accidente de trabajo ocurrido el 8 de agosto de 2023, por secuelas físicas (limitación en flexión palmar) y psicológicas (Reacción Vivencial Anormal Neurótica con depresión grado II); además impugnación constitucional del DNU 669/19, art. 7 y 10 ley 23.928 y art. 4 ley 25.561.
Decisión: Se declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561; se hace lugar a la demanda por las secuelas y se condena a SWISS MEDICAL ART S.A. a pagar la suma de $20.207.432,00 dentro de los diez días de notificada la sentencia, más costas y regulación de honorarios y peritos; total liquidado $26.797.432,00 al 5/8/2026.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Atento el tenor de los extremos que surgen del escrito constitutivo de la legitimada pasiva, debemos concluir que no existe controversia respecto de la existencia del vínculo laboraticio ni del acaecimiento del siniestro... la demandada ha reconocido particularmente la recepción de la denuncia del accidente, así como también haberle dado las prestaciones específicas que la ley establece hasta el alta médica y también la tramitación de las actuaciones administrativas, lo cual autoriza a tenerlo por cierto tanto la existencia del vínculo como el acaecimiento del siniestro." (considerando II.1)
"En cuanto a la existencias de secuelas físicas y psicológicas incapacitantes, debe estarse a lo informado por los peritos médico y psicólogo actuantes... surge que la parte actora detenta un cuadro de limitación en flexión palmar ... que le genera un 7% de incapacidad y también un cuadro de Reacción Vivencial Anormal Neurótica (R.V.A.N.) con manifestación depresiva de Grado II ... que le genera un 5% de incapacidad. Asimismo, ... los expertos establecen la vinculación causal del siniestro denunciado y las patologías identificadas." (considerando II.2)
"Por lo antes expresado, considero corresponde hacer lugar a la demanda entablada por el actor por las secuelas físicas y psicológicas padecidas con origen al siniestro de 8 de agosto de 2023, contra SWISS MEDICAL ART S.A. por la suma de pesos $3.132.225,00 ... A ello deberé adicionarle la prestación suplementaria regulada en el art. 3 de la ley 26.773 vigente a la fecha del siniestro, por la suma de $626.445,00. Comprende la suma total de $3.758.670,00 ... (arts. 11, 12, 14 de la ley 24557, art. 3 y 17 ley 26.773)." (considerando II.5)
"Si procedemos a integrar al capital, a partir del 8/8/2023 ... los intereses devengados en tal periodo se deberían liquidar en la suma de $6.942.614,00 ... Importaría en consecuencia el total de la condena ... la suma total de $10.701.284,00 al 5/8/2026. ... Conforme la evolución del RIPTE desde la fecha del siniestro, el valor actualizado del monto de capital de sentencia conforme el último índice publicado a la fecha de éste decisorio asciende a la suma de $20.207.432,00." (considerando II.7)
"Dicha diferencia, estimo que constituye un perjuicio económico que configura una violación al derecho de propiedad del reclamante y la garantía de tutela judicial eficaz y consecuentemente, corresponde declarar la inconsitucionalidad del art. 7, 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561 (art. 1, 17, 18, 28 CN ... C 124.096 'BARRIOS ...')." (considerando II.7)
Sentencia dispositiva:
"I
- Declarar la inconstitucionalidad del DNU 669/19... II
- Declarar la inconsitucionalidad del art. 7, 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561. III
- Hacer lugar a la demanda ... condenando a SWISS MEDICAL ART S.A., a abonar al actor ... la suma de pesos $20.207.432,00. IV
- Imponer las costas a la demandada vencida." (Sentencia)
- Montos y plazos relevantes:
Fecha del siniestro: 8/08/2023.
Capital de condena actualizado por RIPTE: $20.207.432,00.
Intereses calculados por tasa legal hasta 5/8/2026: $6.942.614,00 (total alternativo $10.701.284,00).
Prestación suplementaria art. 3 ley 26.773: $626.445,00.
Honorarios letrada actora: $2.000.000,00; letrado demandada: $1.400.000,00.
Honorarios peritos (médico, psicólogo, contador): $800.000,00 cada uno.
Liquidación total a cargo de la demandada al 5/8/2026: $26.797.432,00.
Plazo de pago de la condena: dentro de los diez días de notificada la sentencia.
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