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MINISTERIO DE TRAB. DE LA PCIA. DE BS. AC/ CONSTRUCCIONES CI-VIAL S.R.L. S/MATERIA A CATEGORIZAR

El actor (Ministerio de Trabajo provincial, delegación Lomas de Zamora) promovió demanda por cobro de pesos por $18.600. El Tribunal declaró perimida la instancia por inactividad de la actora tras intimación y condenó en costas al actor, regulando honorarios a favor de su apoderada.

Caducidad de la instancia Perimida la instancia Inactividad procesal Intimacion Costas Honorarios Cobro de pesos Ministerio de trabajo provincial Lomas de zamora Construcciones ci-vial srl.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MINISTERIO DE TRAB. DE LA PCIA. DE BS. AS. – Delegación Regional Lomas de Zamora (representado por la Dra. Maria Fabiana Gorrini). Demandado: CONSTRUCCIONES CI-VIAL S.R.L. Objeto: Cobro de la suma de $18.600 en concepto de indemnización por cobro de pesos. Decisión: Se hizo efectivo el apercibimiento ordenado a fs. 25 y se declaró perimida la instancia por inactividad procesal de la actora; costas a su cargo. Se regulan honorarios profesionales por $109.134 más el 10% de ley e IVA si correspondiera.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes con lenguaje original): "La caducidad de la instancia, medio anormal de terminación del proceso, sólo tiene cabida excepcionalmente en el procedimiento laboral, previa intimación, en aquellos casos en que la conducta procesal de las partes obstaculiza la actividad impulsiva del Tribunal. Es decir cuándo la inactividad de los litigantes obsta el impulso procesal de oficio, característico en éste Fuero (arts. 11 Ley 15.057
- 310 y conc. del CPCC)." "Por lo expuesto y siendo que la actora no dió cumplimento a la intimación dispuesta a fs. 25 debidamente notificada (fs. 26, arts. 41 y 42 del CPCC), lo que evidencia un total desinterés en continuar con el trámite de las actuaciones, corresponde hacer efectivo el apercibimiento contenido en la aludida intimación y decretar perimida la instancia, con costas a la actora (arts. 11 y 27 Ley 15.057
- 310 y conc. del CPCC)." Texto resolutivo: "RESUELVE: Hacer efectivo el apercibimiento contenido a fs. 25 y Declarar perimida la Instancia, con costas al actor (arts. 11, 12, 24 y 27 ley 15.057
- 310 y conc. del CPCC)." Regulación honorarios: "Conforme lo dispuesto por los trabajos realizados hasta el 20 de octubre de 2017, regúlanse los honorarios del Dr. GORRINI MARIA FABIANA en la suma de $ 109.134, con más el 10% de ley e IVA si correspondiera.-(art.41, 43 Ley 8904, art. 12 y 14 Ley 6716)."

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