CEVASCO SANDRA PATRICIA C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La actora promovió demanda por cobro de prestaciones del régimen de riesgos del trabajo por accidente in itinere del 21/12/2021. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconoció una incapacidad psicofísica del 23,47% T.O., declaró la inconstitucionalidad de normas indexatorias y condenó a la ART al pago de $19.784.284.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: CEVASCO SANDRA PATRICIA, representada por el Dr. LARRAÑAGA MARIANO ENRIQUE.
Demandado: OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., apoderado Dr. RAINA MARIANO ALEJANDRO.
Objeto: Cobro de prestaciones dinerarias del régimen de riesgos del trabajo por accidente in itinere ocurrido el 21/12/2021, con declaración y cuantificación de incapacidad y ajuste indemnizatorio.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se reconoció incapacidad psicofísica permanente parcial del 23,47% T.O.; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 12 LRT (según art. 11, 2do párr. ley 27.348), de arts. 7 y concordantes Ley 23.928 (texto según Ley 25.561) y del DNU 669/19; se actualizó el crédito aplicando art. 55 c) ley 27.802 y se condenó a la demandada a abonar PESOS DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($19.784.284) dentro de diez días hábiles judiciales. Se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"La pericia médica ... La actora presenta una incapacidad parcial y permanente, derivadas de las siguientes lesiones dañosas;
- Cervicobraquialgia 10%
- Afección en hombro derecho 4%, más miembro hábil 5% de dicho porcentaje.
- Afección en hombro izquierdo 3%
- Afección en columna cervical: 2% ... Por lo expuesto ... la determinación del porcentaje de incapacidad psicofísica es del 23,47% de la T.O con carácter de parcial y permanente y con causa en el accidente in itinere objeto de la presente acción judicial (art. 6 ley 24.557)."
"Al mismo tiempo, la Suprema Corte, a través del fallo 'Barrios' ... interpela a considerar el menoscabo que sufre el resarcimiento ... Indudablemente el análisis y argumentos económicos allí efectuados, se imponen aplicable en la especie ... Para determinar la suficiencia, razonabilidad y la finalidad ... cotejaré la suma dineraria obtenida con la regla de actualización que contiene la LRT ... con aquella suma que resulte de la aplicación del mecanismo indexatorio ... art. 55 de la ley 27.802."
"Atento a los resultados obtenidos ... corresponde aplicar el inciso c); o sea, que el IBM así actualizado asciende a $ 471.202 ... (471.202 x 53 x 65/57 x 23,47%) Ind. Art. 14 inc. a) L.R.T: $ 6.681.914,83 ... tomaré ... el piso así actualizado, ya que es superador a la fórmula polinómica ... Por consiguiente, la suma total por prestaciones dinerarias asciende a PESOS DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($19.784.284) ; y la demandada deberá abonar dicho monto dentro de los diez (10) días hábiles judiciales de notificada la sentencia de autos."
"En consecuencia, en el presente caso en concreto, se impone declarar la inconstitucionalidad del art. 12 LRT
- conforme art. 11 de la ley 27.348 (segundo párrafo)
- y por lo tanto su inaplicabilidad al caso de autos, de modo que el crédito de la actora debe ser actualizado a fin de garantizar el cumplimiento de la función resarcitoria e indemnidad de las personas trabajadoras (art. 14 bis, 16,17 y 19 CN y 39 de la constitución bonaerense)."
(Sobre pericia psicológica, apartamiento parcial:)
"El peritaje psicológico ... no resulta convincente ... mi apartamiento será parcial en torno al porcentual final de incapacidad asignado por la perito ... considero que la incidencia accidental en el daño psicológico es del 5 %."
(Respecto de costas y honorarios:)
"En atención al progreso de la acción, las costas se imponen a la demandada (art. 24 ley 15.057). ... Representación letrada de la parte actora en el 20%. Representación letrada de la parte demandada en el 16%."
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