FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DANKAS SOC COM POR ACCIONES S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio provincial reclamando capital e intereses. El Tribunal hizo lugar a la demanda ordenando continuar la ejecución hasta el pago íntegro de $736.987,50 más intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal y condenó en costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: DANKAS SOC COM POR ACCIONES.
Objeto: Ejecución por apremio provincial del capital reclamado de Pesos SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 50/100 ($736.987,50) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda, ordenándose llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del monto reclamado con los intereses legales; costas a la demandada; difiriéndose la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del fallo, con lenguaje original):
"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."
"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor DANKAS SOC COM POR ACCIONES haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 50/100 ($736.987,50) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."
Adicionalmente el Tribunal ordenó la notificación conforme art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA al correo 27237103772@notificaciones.scba.gov.ar y registró la constitución de domicilio procesal de la demandada en los estrados del juzgado (Art. 41 CPCC y Art. 25 Ley 13.406).
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