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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MUÑIZ NESTOR ALBERTO S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por apremio provincial para cobrar $1.089.774 por parte del Fisco de la Provincia de Buenos Aires. El Tribunal ordenó continuar la ejecución, con aplicación de intereses según el artículo 104 del Código Fiscal y constituyó domicilio judicial por apercibimiento; las costas se imponen a la vencida.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Intimacion de pago Embargo Intereses articulo 104 codigo fiscal Domicilio judicial constituido Costas a la vencida Monto $1.089.774 Ley 13.406 Cpcc (art. 540 y 549).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: NESTOR ALBERTO MUÑIZ. Objeto: Ejecución por apremio provincial del pago del capital reclamado por $1.089.774,00 más intereses. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenando continuar la causa de trance y remate hasta el pago íntegro del monto reclamado; se aplicarán intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; se constituyó domicilio judicial; las costas se imponen a la vencida; se difiere la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC) Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos. Por ello, conforme a lo peticionado y en virtud de lo prescripto por los artículos 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406 y los artículos 540, 549, ss. y concs. del C.P.C.C.;" "FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, NESTOR ALBERTO MUÑIZ; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS UN MILLON OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 0/100 , ($ 1.089.774,00). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 34, 51 y concs. de ley 14.967). Agréguese y téngase presente el mandamiento de intimación de pago y embargo acompañado. Regístrese y notifíquese."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia.

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