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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RECURSOS EFICIENTES S.R.L. S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por deuda tributaria por $1.392.110 contra Recursos Eficientes S.R.L. El Tribunal ordenó continuar la ejecución, con embargo y domicilio constituido, e imponiendo costas a la parte vencida; los intereses se aplicarán conforme al artículo 104 del Código Fiscal.

Proceso ejecutivo Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda $1.392.110 00 Intereses art. 104 codigo fiscal Intimacion y embargo Domicilio ad litem Ley 13.406 Cpcc / c.p.c.c. Costas a la vencida

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor) FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
- A quién se demanda (Demandado) RECURSOS EFICIENTES S.R.L.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda) Ejecución provincial (trance y remate) por capital adeudado en concepto de obligación fiscal por PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO DIEZ CON 0/100 ($ 1.392.110,00), con aplicación de intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; intimación de pago y embargo practicados.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal) Se hizo lugar al pedido de ejecución: se ordena llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada abone íntegramente el capital reclamado y sus intereses; se tiene por constituido el domicilio ad litem de la ejecutada; se imponen las costas a la vencida; difiérese la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales relevantes): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)" "Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos." "FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, RECURSOS EFICIENTES S.R.L.; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO DIEZ CON 0/100 , ($ 1.392.110,00). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 34, 51 y concs. de ley 14.967)."

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