FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GOENAGA PEDRO ESTEBAN Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL
Homologación judicial de acuerdo de pago en expediente de apremio provincial. El Tribunal homologó el acuerdo conforme el artículo 23 de la Ley 13.406, reconoció la firma y dejó constancia de los honorarios pactados a favor del letrado del Fisco por $149.250,00.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Goenaga Pedro Esteban y otro/a.
Objeto: Solicitud de homologación judicial de un acuerdo de pago presentado en autos de apremio provincial.
Decisión: Se tuvo por reconocida la firma en el acuerdo, se homologó el acuerdo de pago conforme al art. 23 de la Ley 13.406 y se dejaron registradas las sumas pactadas en concepto de honorarios del letrado representante del Fisco.
- Fundamentos principales de la decisión (textos tomados del fallo):
"1.
- Agréguese la presentación en despacho, mediante la cual el representante del Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicita la judicial homologación del acuerdo oportunamente presentado:"
"II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406."
"III.
- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, LAPENTA LUCIA IRENE, en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 0/100 ($149.250,00). Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716."
- Notificaciones/registro: "REGISTRESE, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A."
(Fallo fechado en Azul, de Agosto de 2026.)
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