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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GRECO CAUSARANO ROMINA SOLEDAD S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por apremio provincial reclamando el pago de una deuda tributaria. El Tribunal ordenó ejecutar a la demandada hasta obtener el pago íntegro de $2.319.051,70 más intereses aplicables, disponiendo costas a la vencida y la constitución del domicilio en los estrados.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco provincia de buenos aires Mora e intereses (resolucion 10/24) Perdida de derecho procesal Costas Domicilio constituido Cpcc arts. 540 556 68 Ley 13.406 Sentencia de primera instancia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: ROMINA SOLEDAD GRECO CAUSARANO. Objeto: Ejecución por apremio provincial para cobrar la suma reclamada en concepto de capital adeudado y sus intereses conforme normativa aplicable. Decisión: Se manda llevar adelante la ejecución contra la demandada hasta hacerse íntegro pago de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL CINCUENTA Y UNO CON 70/100 ($2.319.051,70), con más intereses desde la interposición de la demanda, costas para la demandada vencida y constitución del domicilio en los estrados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido
- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE AV. MITRE
- NRO. 516
- PISO 1
- DTO. B
- CP. 1878
- LOC. QUILMES, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)." "Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra ROMINA SOLEDAD GRECO CAUSARANO, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL CINCUENTA Y UNO CON 70/100 ($2.319.051,70), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal
- T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago." "Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016). Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC."
- Fechas y montos relevantes: Quilmes, 3 de agosto de 2026; suma reclamada $2.319.051,70; intereses según Resolución 10/24 del Ministerio de Economía desde la interposición de la demanda.

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