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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CRISCAR PREMIUM S.R.L. S/ APREMIO PROVINCIAL

Juicio ejecutivo fiscal por deuda tributaria provincial por $132.162.168,10 con orden de trance y remate contra la ejecutada Criscar Premium S.R.L. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando continuar el trámite hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses y con costas, y declaró constituido el domicilio en los estrados por incumplimiento de notificaciones.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Trance y remate Constitucion de domicilio Costas Intereses Titulo ejecutivo Ley 10.397 Criscar premium s.r.l.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco De La Provincia De Buenos Aires. Demandado: Criscar Premium S.R.L. Objeto: Ejecución fiscal por deuda tributaria que surge del título ejecutivo agregado, por la suma de Pesos Ciento Treinta Y Dos Millones Ciento Sesenta Y Dos Mil Ciento Sesenta Y Ocho Con 10/100 ($132.162.168,10) más intereses desde la interposición de la demanda hasta el pago. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó llevar adelante la causa de trance y remate hasta tanto la ejecutada abone íntegramente el capital reclamado más intereses; se impusieron costas; se difirió regulación de honorarios; y se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): I.
- "La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Tapia De Cruz
- Nro. 1618
- Cp. 1625
- Loc. Escobar domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC)." II.
- "Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11." FALLO: "1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada Criscar Premium S.R.L. haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Ciento Treinta Y Dos Millones Ciento Sesenta Y Dos Mil Ciento Sesenta Y Ocho Con 10/100 ($132.162.168,10), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales del Letrado interviniente, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (arts. 51, Ley 14.967 y 22 Ley 13.406)." "3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."

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