BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ HERRADA MARÍA LUZ S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
El Banco de la Provincia de Buenos Aires demandó por cobro de sumas de dinero derivadas de saldos de tarjetas de crédito Visa y Mastercard. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la Sra. María Luz Herrada a pagar $735.733,94 más intereses, con costas a cargo de la demandada por su rebeldía y falta de contestación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires, representado por apoderada Dra. Maria Gisele Cano.
Demandado: Sra. María Luz Herrada (DNI 38.922.370).
Objeto: Cobro de sumas de dinero por saldos impagos de tarjetas de crédito Visa (cuenta n° 1.152.842.489) y Mastercard (cuenta n° 1.416.375), por la suma inicialmente reclamada $1.076.594,52, con intereses moratorios y punitorios, gastos y costas.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda en la suma de $735.733,94 (saldo Visa $246.376,09; saldo Mastercard $489.357,85), con más intereses conforme pactado y a computarse desde las fechas de mora respectivas (Visa: 14/02/2024; Mastercard: 08/04/2024). Costas a cargo de la demandada. Diferida la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que si bien se ha establecido que ante la falta de contestación de la demanda el juzgador no se encuentra automática y mecánicamente obligado a acceder a las pretensiones deducidas por la actora, no es menos cierto que el silencio que importa la incontestación de la demanda provoca el reconocimiento de los 'hechos lícitos' alegados por el accionante y por implicancia del derecho en que se funde ... Y si bien el Juzgador está facultado a estimar la incontestación de la demanda como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos sostenidos por la actora, con relación a la prueba documental atribuida al accionado no sólo tiene la facultad, sino que por el contrario el art. 354 del ritual lo constriñe a tenerla por auténtica y reconocida."
"Que de conformidad con lo expuesto ... corresponde señalar liminarmente que la relación obligacional alegada por la entidad actora ... ha quedado efectivamente acreditada (ver contrato ... resúmenes de cuenta y aviso de recibo adjuntos ... arts. 1, 2, 3, 4, 6, 7, 8, 39, 52 y ss. de la Ley 25.065 ...). Asimismo, además de los documentos señalados, debo tener por probados los extremos fácticos invocados a partir de la restante instrumental traída, esto es, acuse de recibo de las tarjetas Visa y Mastercard, declaración jurada y los resúmenes de cuenta, documentales éstas que no han sido objeto de cuestionamiento o negativa."
"En razón de ello, y conforme surge de los resúmenes de cuenta adjuntados la recepción de la presente demanda debe prosperar por la suma de $735.733,94 debiendo los intereses liquidarse en su etapa oportuna conforme los parámetros establecidos respecto a tales accesorios 'infra'.
- ... La presente acción prospera por la suma de $735.733,94 por ser el saldo existente al vencimiento de la obligación sin la inclusión de los intereses detallados en los resúmenes adjuntados, de los cuales surgen discriminados los intereses por financiación y punitorios, los que no deben ser tenidos en cuenta por encontrase prohibida la capitalización de los mismos, ello conforme lo normado por el art. 770 del CCCN)."
"En tal sentido, se ha dicho: '...Si bien nadie discute la legalidad de las convenciones entre particulares que instituyan intereses, también nadie discute en la actualidad la facultad judicial de morigerar los intereses pactados, ello atendiendo a los excesos que puedan presentarse ... Con la morigeración oficiosa de los intereses, se busca paliar la exigibilidad de obligaciones usurarias ... En el presente supuesto que corresponde aplicar la tasa de interés pactada, sin embargo las mismas no deben superar los límites establecidos en los arts. 16 y 18 de la ley 25.065.'"
"Por su parte ... surge que el vencimiento de la obligación originada por la deuda de Tarjeta de Crédito Visa se produjo el día 14 de febrero de 2024 ... la mora por dichos consumos a partir de dicho plazo. ... el vencimiento de la obligación originada por la deuda de Tarjeta de Crédito Mastercard se produjo el día 8 de abril de 2024 por lo que deberá computarse la mora por tales consumos a partir de dicho plazo."
Votos en disidencia: no se consignan votos disidentes; la resolución es de un solo juez.
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