DE ANTUENO CARLOS ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se solicitó la declaratoria de herederos de la sucesión intestada de Carlos Alberto De Antueno. El Tribunal declaró herederos a Ana Romina De Antueno, Natalia De Antueno y Eduardo Javier De Antueno, fundando la decisión en los certificados de defunción, nacimiento, la publicación de edictos y el informe del Ministerio Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Una pretensa heredera, representada por el Dr. Carlos David Brecciaroli (peticionante).
Demandado: La sucesión de CARLOS ALBERTO DE ANTUENO (causante, DNI 8.007.512), fallecido el 6 de septiembre de 2025.
Objeto: Se solicita que se dicte la declaratoria de herederos en la sucesión intestada de Carlos Alberto De Antueno.
Decisión: Se declaró por derecho que, por fallecimiento del señor Carlos Alberto De Antueno, le suceden en carácter de herederos sus hijos Ana Romina De Antueno, Natalia De Antueno y Eduardo Javier De Antueno. Césese la intervención del Agente Fiscal y dése vista a la Unidad de Defensa Civil N°2; notifíquese conforme normativa aplicable.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en términos originales):
"RESULTA: a) Que con el certificado de fecha 22 de abril de 2026 se acredita el fallecimiento del señor CARLOS ALBERTO DE ANTUENO, DNI 8.007.512 ocurrido el día 6 de septiembre de 2025 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.
b) Que con el certificado de fecha 28 de mayo de 2026 se acredita el divorcio del causante con Ana María Joufree anotado el día 24 de mayo de 1979 en la ciudad de Mar del Plata.
c) Que con el certificado de misma fecha se acredita el fallecimiento de la ex cónyuge del causante, ocurrido el día 6 de febrero de 2026.
d) Que con los certificados de fecha 22 de abril de 2026 se acredita el nacimiento de los hijos del causante: Ana Romina De Antueno, ocurrido el día 28 de julio del año 1983, Natalia De Antueno ocurrido el día 16 de abril del año 1973, Eduardo Javier De Antueno, ocurrido el día 16 de diciembre de 1991 y Carlos Nahuel De Antueno, ocurrido el 14 de junio de 1974 -
e) Que con los certificados acompañados en misma fecha, se acredita el fallecimiento de Carlos Nahuel De Antueno, ocurrido el día 23 de octubre de 2008.
f) que con el certificado acompañado el 22 de abril de 2026 se acredita el nacimiento del hijo del Carlos Nahuel de Antueno, ocurrido el día 9 de noviembre de 1999 quien fue notificado por cedula debidamente diligenciada y no se ha presentado hacer valer sus derechos."
"Y CONSIDERANDO: I) Que con los ejemplares y recibos agregados a fecha 21 y 29 de mayo de 2026 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2° del C.P.C. y 2340 del CCyC, 2° párr.
II) Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario.
III) Que a fs.27 de junio, 30 de mayo y 27 de abril de 2026 respectivamente, obran oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales, Registro de Testamentos y el IPS."
"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C. DECLARO: Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por fallecimiento de la señor CARLOS ALBERTO -DNI 8.007.512
- le suceden en carácter de herederos sus hijos Ana Romina De Antueno, Natalia De Antueno y Eduardo Javier De Antueno. Cése la intervención del señor Agente Fiscal. Dese vista a la Unidad de Defensa Civil N° 2. Notifíquese de manera automatizada al domicilio constituido electrónico por las partes conforme lo previsto por el art. 10 de la Ac. 4013/21 de la SCBA (art. 1 Ac 3991/20 SCBA).. Regístrese."
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