PRADO CRISTIAN GONZALO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Trámite sucesorio ab-intestato por fallecimiento de CRISTIAN GONZALO PRADO. El Tribunal declaró que, por fallecimiento del causante, le suceden como únicos y universales herederos sus padres BENITO ANGEL RAUL PRADO y PAOLA VANESA SOSA, fundándose en la acreditación documental del fallecimiento y del matrimonio de los progenitores.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor:
No consta peticionante identificado en el dispositivo; se tramita la sucesión ab-intestato de CRISTIAN GONZALO PRADO.
Demandado:
Se entiende dirigida contra la masa sucesoria: Sucesión de CRISTIAN GONZALO PRADO.
Objeto:
Apertura de la sucesión ab-intestato y declaración de herederos.
Decisión:
Se declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que por el fallecimiento de CRISTIAN GONZALO PRADO le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus padres, BENITO ANGEL RAUL PRADO y PAOLA VANESA SOSA. Asimismo, se ordenó el cese de la intervención de la Agente Fiscal y se registró la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que con el certificado de defunción de fs. 6 se han justificado en legal forma el fallecimiento de CRISTIAN GONZALO PRADO, ocurrido el 12 de diciembre de 2025."
"Que dicho causante era de estado civil soltero."
"Que con el acta de fs. 7 se acredita el matrimonio de sus padres, BENITO ANGEL RAUL PRADO y PAOLA VANESA SOSA, acto celebrado el 25 de febrero de 2022, naciendo de dicha unión CRISTIAN GONZALO -hoy causante
- (fs. 4), el 26 de noviembre de 2002."
"Que con los diarios y recibos de fs. 22 se acredita haber dado cumplimiento con la correspondiente publicación de edictos, de cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto."
"POR TODO ELLO; de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por la Sra. Agente Fiscal a fs. 29 y lo dispuesto por los arts. 2424, 2431 y 2435 del Código Civil y Comercial; y los artículos 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de CRISTIAN GONZALO PRADO, le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus padres, BENITO ANGEL RAUL PRADO y PAOLA VANESA SOSA. Cese la intervención de la Sra. Agente Fiscal. REGISTRESE."
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