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TROLLA MARIA TERESA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitan declaratoria de herederos por fallecimiento de María Teresa Trolla; se declara herederos a los hijos Rodrigo Ignacio Arjona y María del Mar Arjona. El Tribunal, conforme al dictamen del Agente Fiscal y acreditada la publicación de edictos y las constancias de nacimiento y matrimonio, concede la declaratoria fundándose en los arts. 2424 y 2426 del C.C. y C. y arts. 735 y 737 del C.P.C.C.

Declaratoria de herederos Sucesion ab-intestato Herederos Publicacion de edictos Arts. 2424 y 2426 c.c. y c. Arts. 735 y 737 c.p.c.c. Partidas de nacimiento Libreta de familia Agente fiscal Cesacion de intervencion.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Rodrigo Ignacio Arjona y María del Mar Arjona. Demandado: Sucesión de María Teresa Trolla. Objeto: Declaratoria de herederos por fallecimiento de María Teresa Trolla (sucesión ab-intestato). Decisión: Se dictó la declaratoria de herederos a favor de los hijos Rodrigo Ignacio Arjona y María del Mar Arjona y cesó la intervención del Agente Fiscal.
- Fundamentos principales de la decisión (textos íntegros reproducidos del fallo): "II. Que con el certificado acompañado digitalmente al escrito de inicio, se acredita el fallecimiento de MARIA TERESA TROLLA ocurrido el día 10 de julio de 2023 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires." "IV. Que con los certificados acompañados con fecha 7/04/2026 y 4/06/2026, se acredita el nacimiento de los hijos del matrimonio: RODRIGO IGNACIO ARJONA y MARIA DEL MAR ARJONA, ocurrido el día 7 de noviembre de 1970 y 27 de noviembre de 1972, respectivamente." "II. Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario." "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los Arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y Arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C.C. DECLARO: 1ro.) Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por fallecimiento de MARIA TERESA TROLLA le suceden en carácter de herederos sus hijos RODRIGO IGNACIO ARJONA y MARIA DEL MAR ARJONA. 2do.) Cese la intervención del señor Agente Fiscal. REGÍSTRESE." (Se tuvo particularmente en cuenta el dictamen del Sr. Agente Fiscal y la publicación de edictos conforme art. 734 inc. 2do. del C.P.C.C., así como las constancias registrales aportadas.)

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