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GONZALEZ MARIO RODOLFO C/ MINIÑO MIGUEL ANGEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Reclamó indemnización por lesiones y daños materiales tras un siniestro vial. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la responsabilidad del conductor demandado y condenó también a la aseguradora a responder hasta los topes reglamentarios al momento del pago, por considerar insuficiente la cobertura pactada.

Responsabilidad objetiva Accidente de transito Prioridad de paso Incapacidad permanente Dano moral Dano material Privacion de uso Inconstitucionalidad art. 7 ley 23.928 (denegada) Aseguradora Extension de condena Cuantificacion a valores actuales.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Mario Rodolfo González. Demandado: Miguel Angel Miniño; citada en garantía: Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A. Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 28/5/2020; monto inicial reclamado $ 1.987.958 y demás rubros indemnizatorios (incapacidad, daño moral, gastos médicos, daño material, privación de uso, etc.). Decisión: Se hace lugar a la demanda y se condena a Miguel Ángel Miniño a pagar al actor $ 16.240.000 más intereses desde la fecha del hecho conforme la sentencia; se hace extensiva la condena a la aseguradora “La Mercantil Andina S.A.” hasta el monto que la Superintendencia de Seguros de la Nación reglamente como cobertura básica al momento del efectivo pago; costas a cargo del demandado y de la aseguradora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos más relevantes): "El art. 1758 del Código Civil y Comercial de la Nación, establece la responsabilidad objetiva del dueño o guardián de la cosa que provoca el daño por el simple riesgo inherente al uso de la misma; esto así, con independencia de la prueba de la culpa del agente, y que tal responsabilidad sólo puede ser eximida, acreditándose el hecho del damnificado o de un tercero por quien no deba responder, que interrumpan total o parcialmente el nexo de causalidad entre el hecho y el daño, caso fortuito o fuerza mayor, o cuando la cosa es utilizada contra la voluntad expresa o presunta del dueño o guardián (arts. 1729, 1730, 1731, 1733 y 1758 del cód. cit.)." "Ante tal marco legal, ha quedado acreditado que la prioridad de paso en la encrucijada donde aconteciera el siniestro aquí ventilado, y atendiendo el sentido de circulación que imprimían los vehículos involucrados en el siniestro, la tenía el rodado conducido por el actor. Ello surge sin hesitación alguna, tanto de los propios dichos volcados por las partes en sus escritos constitutivos del proceso, como de la experticia mecánica de autos." "Y es que la oposición a la procedencia de la acción por parte de la aseguradora, quien dilató el cumplimiento de su obligación de garantía, implicó haber percibido y administrado el premio por casi una década, época en la cual el valor de cambio de moneda ha ido modificándose -escenario receptado en la elevación de los límites de cobertura reglamentados por la Superintendencia de Seguros de la Nación-, hasta configurar la delimitación de responsabilidad otrora establecida, a la luz de la valuación actual del daño, un infraseguro."
- Fragmentos con cifras y conclusiones sobre rubros indemnizatorios (texto original): "encuentro que un capital de $ 6.400.000, invertido a tasas actuales, logra generar una renta anual que cubre la disminución de la potencialidad productiva ... por lo que estimo prudente fijar la indemnización del presente rubro en la suma de pesos seis millones cuatrocientos mil -$ 6.400.000-" "Consecuentemente, encontrándose acreditada la extensión del presente menoscabo ... estimo justo otorgar por este menoscabo la suma de pesos tres millones doscientos mil -$ 3.200.000-" "por la totalidad de este rubro la suma de pesos cien mil -$ 100.000-" "establecer la indemnización del rubro a valores actuales en la suma de pesos seis millones cuatrocientos sesenta mil -$ 6.460.000-" "considerando la pericia ... que el mismo quede fuera de uso por un tiempo de ocho días, considero establecer una reparación por este mencionado perjuicio, la que fijo en la suma de pesos ochenta mil -$ 80.000-"
- Texto del fallo (firme decisión): "1°) Haciendo lugar a la demanda por daños y perjuicios interpuesta por Mario Rodolfo González contra Miguel Angel Miniño, y en consecuencia, condenando a este último a que en el plazo de 10 días de ejecutoriada la presente, abone al actor la suma de pesos dieciseis millones doscientos cuarenta mil -$ 16.240.000-; con más los intereses fijados en el considerando V. 2°) Haciendo extensiva la condena a la citada en garantía "Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A." en los términos fijados en el considerando VII (art. 118 de la Ley 17.418) 3°) Imponiendo las costas del juicio al demandado y su aseguradora en su calidad de vencidos (art. 68 del CPCC)."

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