Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: ROSA GONZALEZ, ALBERTO RAFAEL s/INFRACCION LEY 23.737 y INFRACCION LEY 22.415
Se homologó un acuerdo de juicio abreviado por contrabando de exportación agravado en grado de tentativa por transporte de marihuana. La Cámara homologó la pena de tres años de ejecución condicional para el imputado en carácter de partícipe secundario, ordenando su inmediata libertad y la expulsión del país con prohibición de regreso.
Actor: Ministerio Público Fiscal (Dra. Luisina Tiscornia) como parte acusadora. Demandado: Alberto Rafael ROSA GONZALEZ (ciudadano paraguayo, C.I. N°4.017.036). Objeto: Se lo investigó y acusó por el delito de contrabando de exportación agravado por tratarse de sustancia estupefaciente, en grado de tentativa, por intentar impedir control aduanero transportando en un vehículo 179 paquetes de marihuana (78.208 gramos, aproximadamente 70 kg) el 20 de abril de 2014 en el Paso Internacional Cardenal Samoré. Decisión: El Tribunal Oral Federal de Neuquén homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a ROSA GONZALEZ a 3 (tres) años de ejecución condicional, costas, ordenó su inmediata libertad (salvo otra orden), la obligación de salir del territorio argentino en el plazo de siete días con destino final Paraguay y la prohibición de regreso a la República Argentina; además dispuso la destrucción del material estupefaciente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes (texto original del fallo):
- “...el hecho consiste en haber intentado impedir el debido control aduanero mediante la ocultación en distintas partes del vehículo —rueda de auxilio, asiento trasero, portón trasero, paragolpes trasero, entre el techo de chapa y el cubre techo, asiento del conductor y del acompañante— de sustancias estupefacientes, más precisamente marihuana, en un peso total de 78.208 gramos distribuidos en 179 paquetes, en el interior del vehículo marca Hyundai, modelo Tucson, dominio BKP-643 de la República del Paraguay, conducido por Molinas Zarate, acompañado por Natalia Estela Fariña Núñez, el día 20 de abril de 2014, aproximadamente a las 9:30 hs., en el Centro de Frontera del Paso Internacional "Cardenal Samoré"... Atento a la forma en que se hallaban acondicionadas y ocultas en el rodado las sustancias estupefacientes y su cantidad, se encontraban inequívocamente destinadas a ser comercializadas.”
- “...surge que la droga incautada era de él, explicando que nada tenía que ver Rosa. Por esto, decidió modificar la participación que le cupo en el hecho; dado que Rosa González no tuvo el dominio del hecho, sino que realizó una cooperación que pudo haber sido prestada por cualquier otra persona; es decir, tuvo un carácter ‘fungible’ en el dominio del hecho, prestando una colaboración que pudo haber sido dada por cualquier otra persona.”
- “HOMOLOGAR EL ACUERDO de juicio abreviado, y en consecuencia, CONDENAR a Alberto Rafael ROSA GONZALEZ ... a la PENA de 3 (TRES) AÑOS DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, y costas del proceso por considerarlo penalmente responsable del delito de CONTRABANDO DE EXPORTACIÓN AGRAVADO POR TRATARSE DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE EN GRADO DE TENTATIVA, en carácter de partícipe secundario (art.866, 2do. Párrafo en función del art. 863 y art. 871 de la Ley N° 22.415, art. 46 del C.P.).”
- “DISPONER LA INMEDIATA LIBERTAD DE Alberto Rafael ROSA GONZALEZ... siempre que no exista otra orden de restricción de la libertad emanada por autoridad competente.”
- “IMPRONERLE A ROSA GONZALEZ la OBLIGACIÓN DE SALIR DEL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE ARGENTINA -en el término de siete días corridos a partir del día de la fecha-, CON DESTINO FINAL A LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY (art. 29 inc. c, Ley 25.871).”
- “DEJAR CONSTANCIA que las partes renunciaron a los plazos recursivos y que la presente se encuentra firme.”
- Votos en disidencia: no registrados; resolución integrada en forma unipersonal por el suscripto (Alejandro Cabral).
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