BERASTEGUI VANINA C/ GIUDICE MIRTA ALICIA S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951
Ejecución de honorarios de mediación por honorarios adeudados. El Tribunal ordenó continuar la ejecución contra Mirta Alicia Giudice por el capital reclamado de $316.057 más accesorios, imponiendo las costas a la parte vencida y constituyendo su domicilio en los estrados por apercibimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Dra. Vanina Berastegui.
Demandado: Mirta Alicia Giudice.
Objeto: Ejecución de honorarios de mediación conforme Ley 13.951, reclamo de capital nominal de $316.057 más accesorios legales, aportes y intereses.
Decisión: Se admitió la ejecución y se ordenó llevarla adelante hasta el pago íntegro del capital reclamado ($316.057) más accesorios legales; se impusieron las costas a la parte vencida; se difirió regulación de honorarios; se tuvo por constituido domicilio en los estrados para la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia):
"1) No habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa verbalmente el Señor Secretario en este acto, corresponde darle por perdido el derecho que ha dejado de usar (artículos 116 y 504 del Código Procesal)."
"2) Siendo ello así, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 498 inciso tercero y 506 del mismo cuerpo normativo, corresponde ordenar que esta ejecución siga adelante, hasta que la parte ejecutada haga a la acreedora íntegro pago del capital nominal reclamado, los aportes de ley (Art. 12 inc. "a" de la ley 6.716), los correspondientes intereses calculados de conformidad con lo establecido por el artículo 54 de la ley 14.967 de acuerdo al mecanismo por el cual se haya optado, y las costas de la presente ejecución (artículo 68 del ordenamiento adjetivo)."
"3) No habiendo la parte emplazada constituido domicilio procesal, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto por el Art. 41 del CPCC., teniendoselo por constituido en los estrados del juzgado."
FALLO (extractos):
"1) Mandando llevar adelante la presente ejecución, hasta tanto MIRTA ALICIA GIUDICE haga a la DRA. VANINA BERASTEGUI íntegro pago del capital reclamado de $316.057 más los correspondientes accesorios legales.
2) Imponiendo las costas de la ejecución a la parte vencida.
3) Difiriendo la pertinente regulación de honorarios para su oportunidad.
4) Teniendo por constituido en los estrados del juzgado el domicilio de la parte demandada (Arts. 41, 540 y ccs. del CPCC.)."
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