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VOGT OSCAR ENRIQUE C/ VOLKSWAGEN SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO) (EN ETAPA DE MEDIACION)

El actor demandó por daños y perjuicios por incumplimiento contractual tras finalizar un plan de ahorro de 84 cuotas sin entrega del vehículo ni reintegro. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda: condenó a la administradora a pagar $8.000.000 más intereses y admitió el daño emergente a liquidar en ejecución, y fijó multa civil y daño moral.

Consumo Plan de ahorro previo Incumplimiento contractual Dano emergente (deuda de valor) Multa civil / dano punitivo (art. 52 bis ldc) Dano moral Intereses (6% desde 28/02/2022 y tasa pasiva bco. pba) Omic / defensa del consumidor Confesion ficta (art. 415 cpcc) Liquidacion en ejecucion (acara)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Oscar Enrique Vogt. Demandado: Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados. Objeto: reparación por daños y perjuicios por incumplimiento contractual por no entrega de unidad ni reintegro tras pago de 84 cuotas de un plan de ahorro (solicita $12.075.371 más intereses y costas; reclama daño emergente, daño punitivo/multa civil, daño moral). Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se condenó a la demandada a pagar $8.000.000 con intereses fijados en la sentencia (6% anual desde 28/02/2022 hasta el dictado y, desde entonces hasta el pago, la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires a 30 días). Se admitió el daño emergente y su cuantificación quedó diferida para liquidación en la ejecución conforme pautas del considerando B.1). Se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que conforme surge del escrito de inicio, el Sr. Oscar Enrique Vogt promueve la presente acción a fin de obtener la reparación de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento contractual que atribuye a 'Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados', con motivo de la frustración del plan de ahorro previo suscripto entre las partes para la adquisición de un vehículo 0 km de dicha marca." "Que a todo ello se suma que, en la audiencia de vista de causa del 16/08/2024, la demandada no compareció por medio de su representante legal a absolver posiciones, tornando aplicable el apercibimiento del art. 415 del CPCC, teniéndosela por confesa en forma ficta respecto de la totalidad de los hechos que se afirmaron en el pliego acompañado en fecha 15/08/24, como es: que el actor completó el pago de las 84 cuotas y que el plan caducó el 28/01/2022; que en febrero de 2022 manifestó su intención de hacer uso de la cláusula de rescate; que la demandada formuló el ofrecimiento del 28/09/2022; que el demandante lo aceptó; que la demandada nunca abonó lo ofrecido; y que la demandada incurrió en dilaciones injustificadas, faltando a su deber de información." "A mayor abundamiento, de las constancias del expediente administrativo surge que la aceptación formulada por el actor con fecha 20/10/2022 fue reenviada por la propia OMIC al correo electrónico de la letrada interviniente por la requerida, junto con los datos bancarios del reclamante, circunstancia que debilita aún más la defensa relativa a la supuesta falta de anoticiamiento." "En virtud de lo expuesto, encuentro acreditado el incumplimiento contractual de 'Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados', ello así pues no solo demoró injustificadamente la puesta a disposición de los haberes netos correspondientes al plan finalizado, sino que además incumplió el compromiso de pago asumido ante la OMIC, por lo cual la demanda habrá de prosperar." Sobre la cuantificación y naturaleza de la restitución: "la obligación de restitución a cargo de la administradora de un plan de ahorro previo no puede ser apreciada como una simple deuda dineraria nominal, sino como una obligación de valor en los términos del art. 772 del CCyCN... deberá tomarse como referencia el valor móvil del bien tipo ... vigente a la fecha de la liquidación ... Sobre la suma que así se determine deberán adicionarse intereses al seis por ciento (6 %) anual desde el día 28/02/2022 ... y desde el efectivo pago, se aplicará la tasa pasiva más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días." Sobre daño punitivo/multa civil: "asiste razón a la legitimada pasiva en cuanto a que 'daño punitivo' y 'multa civil' no constituyen dos rubros indemnizatorios autónomos y acumulables, sino una única figura jurídica prevista en el art. 52 bis de la Ley 24.240... Llegado este punto, comprobado ... el incumplimiento ... corresponde hacer lugar al reclamo por daño punitivo. ... fijando prudencialmente una multa de pesos cinco millones ($ 5.000.000,00) con más el seis por ciento (6 %) de interés anual desde el día 28/02/2022 y hasta el dictado de esta sentencia y, desde esta hasta su efectivo pago, la tasa pasiva más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días." Sobre daño moral: "el mismo prospera por la suma de pesos tres millones ($ 3.000.000,00) con más el seis por ciento (6 %) de interés anual desde el día 28/02/2022 y hasta el dictado de esta sentencia y, desde esta hasta su efectivo pago, la tasa pasiva más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días." Fallo final: "1) Hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por Oscar Enrique Vogt contra 'Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados' y condenar a esta última a abonar al actor, dentro del plazo de diez (10) días de quedar firme la presente, la suma de pesos ocho millones ($ 8.000.000) ,con más los intereses fijados... 2) Admitir la procedencia del rubro daño emergente y disponer que su cuantificación sea determinada en la etapa de ejecución de sentencia... 3) Imponer las costas del proceso a la demandada vencida..."

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